REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 9 de Octubre de 2009
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
092-09
En el día de hoy, Viernes Nueve (9) de Octubre de 2009, siendo las once y Treinta de la mañana (11:30 a.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-107-08, seguida en contra del acusado IVAN LEONARDY MARQUEZ RAMIREZ, por la presunta comisión del delito de UTILIDAD EN ACTOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN GRADO DE CONTINUIDAD, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se constituyó el DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria ABOG. MARIANGEL GONZALEZ, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia del Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Publico ABOG. MANUEL NUÑEZ, de la Defensa Privada ABG. JOSE SIMANCAS. De igual manera, se deja constancia de la inasistencia del acusado IVAN LEONARDY MARQUEZ RAMIREZ, quien se encuentra en libertad. Igualmente se deja constancia que no se presentó ninguno de los convocados por Participación Ciudadana. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa nueve (9) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana. en tal sentido se procede a conceder la palabra al Defensor Privado, Abg. JOSE SIMANCAS, quien expone: “Ciudadano Juez, visto que mi defendido no asistió a la presente audiencia, por cuanto presenta problema de salud, para lo cual consigno copia del Reposo Medico, emitido por el Dr. Henry Sala, Medico Urólogo de mi defendido, donde se evidencia el problema de salud que padece y lo cual lo imposibilita su asistencia al presente acto y en atención a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, vista las nueve convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal mixto, siendo esta la décima convocatoria, solicito que se constituya el Tribunal Unipersonal y se fije cuanto antes el Juicio Oral y Publico y solicito copia simple de la presente acta, es todo”. De igual manera se deja constancia que el Fiscal del Ministerio Público ABOG. MANUEL NUÑEZ, manifiesta: “Esta Representación Fiscal esta de acuerdo con que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día LUNES DOS (2) DE NOVIEMBRE DE 2.009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.). Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Quedan las partes notificadas. Concluyó el acto siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 092-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESUS ENRIQUE RINCON
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. MANUEL NUÑEZ
LA DEFENSA PRIVADA
ABOG. JOSE SIMANCAS
LA SECRETARIA
ABG. MARIANGEL GONZALEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta y se oficio lo conducente.
CAUSA N° 7M-107-08
JER/mila.-