REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES
Maracaibo, 6 de octubre de 2009.
199° y 150°

DECISIÓN N° 386 -09 CAUSA N° 1C-2664-08
Interpuesta como fue la solicitud presentada por la Abog. LUISETTE JIMENEZ Defensora Publica de Sistemas de Adolescentes, Adscrita a la Unidad de Defensoria Públicas del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del imputado IDENTIDAD OMITIDA mediante la cual solicita a este Tribunal sea extendido el periodo de presentaciones de su defendido, este Tribunal a los fines de resolver observa:

El imputado IDENTIDAD OMITIDA titular de la cédula de identidad N° 22.506.056, fue presentado ante este Tribunal en fecha 11-08-2008, por el Fiscal 31 del Ministerio Público, por la comisión del delito de VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de la Cosa Publica, siéndole decretado en esa oportunidad una Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literal “c” de la ley especial, imponiéndole como régimen de presentación una vez CADA TRES MESES por ante el Tribunal .-
Revisado y verificado como han sido las presentaciones del mencionado joven adulto imputado, este Juzgadora pudo constatar que este, ha cumplido cabal y fielmente con el régimen de presentación impuesto por este Tribunal de manera ininterrumpida, aunado a que el Ministerio Publico no ha presentado aun el acto conclusivo de la investigación, razón por la cual este juzgadora considera procedente en derecho lo solicitado por la defensa, relativa a la extensión de presentaciones del imputado IDENTIDAD OMITIDA titular de la cédula de identidad N° 22.506.056 y se acuerda extender las presentaciones del mencionado imputado a cada SEIS MESES. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA PRIMERO CON LUGAR la solicitud de EXTENSIÓN DE PRESENTACIÓN interpuesta por la Defensa Publica del imputadO IDENTIDAD OMITIDA titular de la cédula de identidad N° 22.506.056 cada SEIS MESES por ante la oficina de control de presentaciones correspondiente, en virtud de que el mismo ha cumplido cabalmente y fielmente con las presentaciones impuesta por este Juzgado. SEGUNDO: Notifíquese a alas partes de lo decidido.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
LA JUEZ DE CONTROL TEMPORAL
DRA. MARIA JOSE ABREU BRACHO
LA SECRETARIA,
ABOG. NIDIA BARBOZA MILLANO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se registró la presente decisión bajo el N 386-09.