REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES
Maracaibo, 26 de octubre de 2009.
199° y 150°
DECISIÓN N° 418-09 CAUSA N° 1C-2840-09
Interpuesta como fue la solicitud presentada por la Abog. GYOMAR PEREZ Defensora Publica de Sistemas de Adolescentes, Adscrita a la Unidad de Defensoria Públicas del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del imputado IDENTIDAD OMITIDA mediante la cual solicita a este Tribunal sea extendido el periodo de presentaciones de su defendido, este Tribunal a los fines de resolver observa:
El imputado IDENTIDAD OMITIDA fue presentado ante este Tribunal en fecha 23-06-2009, por el Fiscal 37 del Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de OSNEIDA MORENO, siéndole decretado en esa oportunidad unas Medida Cautelares Sustitutivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literal “b” “c” Y “f” de la ley especial, imponiéndole como régimen de presentación una vez CADA OCHO (08) DIAS por ante el Tribunal .-
Revisado y verificado como han sido las presentaciones del mencionado adolescente imputado, este Juzgadora pudo constatar que ha cumplido cabal y efectivamente con el régimen impuesto por este Tribunal de manera ininterrumpida, aunado a que el Ministerio Publico no ha presentado aun el acto conclusivo de la investigación, razón por la cual quien aquí decide de conformidad con el articulo 555 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y 264 del Codigo Organico Procesal Penal aplicable por remisión del articulo 537 de ley especial, procedente en derecho lo solicitado por la defensa, relativa a la extensión de presentaciones del imputad IDENTIDAD OMITIDA Y se acuerda extender las presentaciones del mencionado imputado a cada TREINTA (30) DIAS. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA PRIMERO CON LUGAR la solicitud de EXTENSIÓN DE PRESENTACIÓN interpuesta por la Defensa Publica del imputado IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado en actas cada TREINTA (30) DIAS por ante la oficina de control de presentaciones correspondiente, en virtud de que el mismo ha cumplido cabalmente y efectivamente las presentaciones impuesta por este Juzgado. SEGUNDO: Notifíquese a alas partes de lo decidido. Todo según de conformidad con el articulo 555 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y 264 del Codigo Organico Procesal Penal aplicable por remisión del articulo 537 de ley especial,
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
LA JUEZ DE CONTROL TEMPORAL
DRA. MARIA JOSE ABREU BRACHO
LA SECRETARIA,
ABOG. EVELYN SARMIENTO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se registró la presente decisión bajo el N 418 -09
LA SECRETARIA,