Comparece ante este Tribunal el ciudadano ITALO JAVIER INCIARTE FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.892.861, asistido por la Abogada en ejercicio DAIDUVI LA MAR PEROZO PEROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 131.571, quien expuso: “….Solicito a este digno Tribunal se sirva oficiar al Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a fin de que remita a este Despacho el expediente No. Sol-2U-1589-06, seguido por los ciudadanos ITALO INCIARTE y LISETTE NUÑEZO, contentivo del Juicio de DIVORCIO 185-A, el cual le fue enviado para su archivo en fecha Dieciocho (18) de Junio de 2008, según oficio No. 0924-08, legajo No. 102…”
Por auto de fecha Veintiocho (28) de Septiembre de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.
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