Comparece por ante la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos Cabimas – Estado Zulia el ciudadano RODOLFO SEGUNDO GOVEA ZAMBRANO, C.I.No.V-7.904.155, asistido por la abogada en ejercicio MARIEVA GARCIA, quien actúa en representación de sus hijos (CUYOS NOMBRES SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) y LISMAIRA ANDREINA Y LISANDRO GOVEA BRAVO, todos comunes causahabientes de la de cujus LIBIA ROSA BRAVO JIMENEZ, quien era venezolana, mayor de edad, C.I.No.V-10.685.243, para exponer: “El día veinte (20) de Mayo de 2007 falleció ab-intestato la ciudadana LIBIA ROSA BRAVO JIMENEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, C.I.No.V-10.685.243,domiciliada en el Municipio Colón del Estado Zulia y quien en vida fuera mi concubina. De dicha unión procreamos cinco (05) hijos (CUYOS NOMBRES SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) y LISMAIDA ANDREINA Y LISANDRO RAMON GOVEA BRAVO, menores de edad los tres primeros y los dos últimos mayores de edad…Por lo antes expuesto, es que acudo a su competente autoridad a fin de que previo cumplimiento de los requisitos legales correspondientes se sirva declararnos tanto a mi cono a sus prenombrados hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante LIBIA ROSA BRAVO JIMENEZ y se nos conceda el titulo suficiente…”
Presentada la solicitud, correspondiéndole por distribución conocer de la presente causa a este Tribunal, por lo que en fecha veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil nueve (2009), se le da entrada, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.
En fecha seis (06) de Octubre de 2009 compareció el ciudadano RODOLFO SEGUNDO GOVEA ZAMBRANO asistido por la abogada en ejercicio MARIEVA GARCIA y diligenció, consignando original de las actas de nacimiento de los niños y adolescentes que hoy nos ocupan; Acta de Defunción de la ciudadana LIBIA ROSA BRAVO JIMENEZ y Constancia de Residencia.
Por auto de fecha ocho (08) de Octubre del presente año dos mil nueve (2009), fue agregada a las actas Boleta de Notificación de la Fiscal 36º del Ministerio Público, debidamente firmada.