REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Catorce (14) de Octubre de 2009.-
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha nueve (09) de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio VALENTIN RISSON SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.924, apoderado judicial de la parte demandante, asimismo la abogada en ejercicio ELENNA ARRAIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 77.687, apoderada judicial de la parte demandada, por medio de la cual solicitan a este Juzgado sean suspendidas las medidas decretadas en la presente causa; ahora bien, este Juzgado por cuanto evidencia de la revisión de las actas que conforman el expediente que nada quedan a deberse las partes en el juicio en virtud del cumplimiento del convenimiento celebrado por ellos, el cual fue debidamente homologado por este Tribunal, en consecuencia se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha quince (15) de mayo del año 2008, así como también la medida de embargo ejecutivo decretada en fecha veintiséis (26) de enero del corriente año.- Líbrese los oficios a las oficinas de registro respectivas.- Ofíciese.-
El Juez Provisorio,
Abog. Carlos Rafael Frías.-
La Secretaria,
María Rosa Arrieta Finol.-
En la misma fecha se oficio bajo los números: 1745, 1746 y 1747-2009, y la presente resolución quedó anotada bajo el número: 66.-
La Secretaría,
María Rosa Arrieta Finol.-
CRF/vane.-
Exp. Nro. 11.457.-