Exp .47.186/ J.R

En horas de despacho del día de hoy, siete (07) de Octubre del dos mil nueve (2009), siendo las diez de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO del presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del despacho y se procedió al acto, Observando este Órgano Jurisdiccional, que la parte actora ciudadana MARCELYS FRASCARELLA MACHADO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad No. V-17.087.199, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, no estuvo presente en forma personal en el referido acto; dejando constancia que estuvo presente la Fiscal Auxiliar Trigésima Segunda Abogada GENOVEVA DAAL CHIRINOS, quien solicito la extinción del presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, el cual señala, (Omisis)… La falta de comparecencia del demandante a este acto sera causa de extinción del proceso…,razón por la cual esta Juzgadora declara, EXTINGUIDO el presente juicio de Divorcio que sigue contra el ciudadano GEOVANNY ABREU BRIÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-17.087.199, quien tampoco estuvo presente en el referido acto. Terminó, se leyó y conforme firma siendo las diez y quince (10:15) minutos de la mañana.
LA JUEZA:

ABOG. HELEN NAVA DE URDANETA (MSc).

LA SECRETARIA:

ABOG. LAURIBEL RONDON

LA FISCAL AUXILIAR TRIGESIMA SEGUNDA (32) DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DRA. GENOVEVA DAAL CHIRINOS




EN LA MISMA FECHA SE DICTO Y PUBLICO EL FALLO QUE ANTECEDE, BAJO EL NO.1628.
LA SECRETARIA.