S-1756
Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,
Maracaibo, 06 de octubre de 2009
199º y 150º
Visto el auto dictado por este órgano jurisdiccional en fecha 05 de octubre del año en curso, así como la diligencia anterior suscrita por el solicitante, ciudadano WILLIAM ALEXANDER URIBE, debidamente asistido por el abogada en ejercicio ASUNCIÓN JOSÉ GUTIÉRREZ, ambos identificados en autos, agregados como se encuentran a las actas los recaudos consignados, el Tribunal admite la autorización judicial a que se contrae el escrito que dio origen a las presente actuaciones, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa por la Ley. Acude el ciudadano WILLIAM ALEXANDER URIBE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-9.783.190, debidamente asistido por el prenombrado abogado en ejercicio ASUNCIÓN JOSÉ GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.846, titular de la cédula de identidad No. V-7.724.163, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, para solicitar se le autorice suficientemente para efectuar el retiro de ahorros que se encuentran depositados en la institución bancaria BANFOANDES, sucursal La Concepción, No. 70175180060008575,, aperturada por su cónyuge, ciudadana MISLEIRE MARINA FEREIRA DE URIBE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.705.723 y de su mismo domicilio, quien a consecuencia de una intervención quirúrgica a la cual fue sometida se encuentra en estado vegetativo, con espaticidad muscular generalizada con deformación en ambas muñecas. El solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Copia certificada de acta de matrimonio; 2) Copias fotostáticas de cédulas de identidad; 3) Dos (2) Informes médicos expedidos por el I.V.S.S., Hospital Dr Manuel Noriega Trigo y uno (1) la Sala de Rehabilitación Integral Rafael Urdaneta del C.D.I. Rafael Urdaneta de la Misión Barrio Adentro; 4) Copias de Partidas de Nacimiento; y, 5) Libreta de Ahorros No. 70175180060008575, aperturada en la sucursal La Concepción de la entidad bancaria BANFOANDES, por MISLEIRE MARINA FEREIRA DE URIBE. Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros este Tribunal, conforme lo prevén los artículo 156, 164 y 168 del Código Civil vigente, en debida concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara la AUTORIZACIÓN JUDICIAL para que el ciudadano WILLIAM ALEXANDER URIBE, realice por sí sólo la actualización y movilización absoluta de la Cuenta de Ahorros No. 70175180060008575, aperturada en la sucursal La Concepción de la entidad bancaria BANFOANDES, por su cónyuge, ciudadana MISLEIRE MARINA FEREIRA DE URIBE, ya identificados en líneas pretéritas. Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.
. . El Juez
Abog. IVAN PÉREZ PADILLA.
La Secretaria
Abg. Angela Azuaje Rosales
En la misma fecha, siendo las 3:00 p.m., se dictó y publico el fallo que antecede y se devuelve constante de quince (15) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente No. S-1756.-
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La secretaria,
Abg. Angela Azuaje Rosales
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