En horas de despacho del día de hoy VIERNES TREINTA (30) DE OCTUBRE DE 2009, siendo LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 4375-09 conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue DAMELIS JOSEFINA CALZADILLA RIERA contra MARIO ENRIQUE BERMUDEZ NAVA y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa PETROREGIONAL DEL LAGO, S.A., filial de PDVSA, Edificio Las Laras, se deja constancia que el edificio se encontraba cerrado y un ciudadano perteneciente a la vigilancia del Edificio, llamado JHON OSORIO y que solo quiso dar su nombre, manifestó que la empresa PETROREGIONAL DEL LAGO no funcionaba en esas instalaciones y que funcionaba en las torres petroleras ubicadas en el centro de la ciudad, específicamente en la TORRE LAMA, pisos 1 y 4, vista la exposición y en virtud de que el edificio se encontraba cerrado este Tribunal acuerda retirarse del sitio y acuerda fijar nueva oportunidad previa solicitud de la parte actora, para llevar a efecto el cumplimiento de la medida decretada por el Tribunal de la causa.- Terminó, se leyó y conformes f EL JUEZ:



ABOG. GUILLERMO INFANTE

LA SECRETARIA