Comisión N° 2908/2009
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
199° y 150°
En el día de hoy, lunes diecinueve (19) de octubre del año dos mil nueve (2009), siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02, en el juicio por HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO DE MANUTENCIÓN, siguen los ciudadanos VANESSA ANDREINA SILVA y JOSE GREGORIO TRUJILLO, portadores de las cédulas de identidad Nros 14.546.486 y 9.762.484 respectivamente, llevado en el expediente N° 11869, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona el Organismo PROCURADURIA DEL ESTADO ZULIA, ubicado geográficamente en la Calle Obispo Lazo, Edificio Don Diego, piso 3..- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Roger Devis, venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 7.624.121, en su condición de Abogado Sustituto del mencionada Organismo, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: PRIMERO: La cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (BsF. 100,00) mensuales que le pueda corresponder al ciudadano JOSE GREGORIO TRUJILLO, portador de la cédula de identidad Nro. 9.762.484, como funcionario incapacitado de la Gobernación del Estado Zulia.- SEGUNDO: En el mes de septiembre adicional a la pensión de manutención se ordena retener el CINCUENTA POR CIENTO (50%) para cubrir los gastos escolares periodo 2008 y 2009, correspondiente a inscripción, útiles escolares y uniformes o en su defecto la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 200,00).- TERCERO: la cantidad de TRESCEINTOS BOLIVARES FUERTES (BsF 300,00) que le pueda corresponder al ciudadano JOSE GREGORIO TRUJILLO, por concepto de aguinaldo o bonificación de fin de año.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS, los conceptos antes señalados y descritos en esta acta, así como las cantidades derivadas de dichos conceptos en las proporciones señaladas y en consecuencia consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado.- Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivados de los conceptos establecidos en los numerales “PRIMERO”, “SEGUNDO” y “TERCERO” deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, TRIBUNAL DE PROTECCION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para el Organismo que representa. Siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-------------------------------------------------------
EL JUEZ,
ABG. EDMUNDO FINOL RINCÓN
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA,
ABG. MSc. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ.
EFR/mvg/ori*
C- 2908/2009
|