Comisión 4276-2009
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
190 Y 150
En horas de Despacho del día de hoy, jueves primero (01) de octubre de dos mil nueve (2009), siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 am), previa fijación acordada al efecto, a señalamiento e indicación de la abogada en ejercicio y de este domicilio VICTORIA GRANADILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 140.200, en su carácter de apoderada judicial de la demandante de autos, y presente en este acto, se traslado y constituyo este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a la sede del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicada en la avenida 4 (Bella Vista), frente a la Iglesia Sagrado Corazón de Jesús, Edificio Arauca, sexto piso, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la medida de embargo ejecutivo decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue la ciudadana MARIA ELVIRA RODRIGUEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad No. 10.439.719, contra el ciudadano ABOUSALECH KANAFANI FIRAS, titular de la cédula de identidad No. 13.300.156, expediente signado con el No.2367..- Presente la ciudadana ADRIANA MARCANO MONTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.9.783.213, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado donde se está constitutído, el Tribunal le notificó del objeto del traslado y constitución. En este estado, presente la apoderada actora, abogada VICTORIA GRANADILLO, expuso: “Señalo al Tribunal para ser embargada ejecutivamente la cantidad de CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 4.176.53), que se encuentra depositada en la cuenta corriente signada con el No.1150097863000136292, perteciente al JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JDUCIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del embargo preventivo ejecutada por el JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha ocho (08) de mayo de 2.009, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue MARIA ELVIRA RODRIGUEZ GARCIA, contra el ciudadano ABOUSALECH KANAFANI FIRAS, expediente No. 2367”. Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto el señalamiento hecho por la apoderada actora presente en este acto, provee de de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de a ley, declara formalmente EMBARGADA EJECUTIVAMENTE, la cantidad de CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 4.176.53), que se encuentra consignada en el expediente No. 2367, de la nomenclatura del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, contentivo del juicio antes señalado, expediente este que la notificada presento a este Despacho, el cual consta de veintisiete (27) folios el expediente principal, y veinticinco (25) folios útiles la pieza de medida.- Finalmente se hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia.- Este acto termino a las once y quince de la mañana (11:15 am), leyéndose y conformes.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO

LA APODERADA ACTORA LA NOTIFICADA


LA SECRETARIA
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V-