REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.486.
En horas de despacho del día de hoy 09 de Octubre del año dos mil nueve, siendo las 10:40 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede del Puerto de Maracaibo, ubicado en la avenida 2 El Milagro, calle antes llamada Venecia, detrás del Banco Mercantil, edificio Pedro Marín, piso 2, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL N° 3. EXP: 15230. Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION incoado por la ciudadana MARIA BURGOS, portadora de la Cédula de Identidad No. 12.697.473, en beneficio del niño y/o adolescente XXXX en contra del ciudadano DEXIO ENRIQUE DIAZ LARREAL, portador de la cédula de identidad N° 10.416.965.- En este estado presente el ciudadano (a): BERNAVELA CASTILLO, portador (a) de la Cédula de Identidad No. V- 5.066.294, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE ADMINISTRATIVO. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado ORDENO RETENER: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del salario que devenga el ciudadano DEXIO ENRIQUE DIAZ LARREAL, portador de la Cédula de Identidad No. 10.416.965, como Supervisor en el Puerto de Maracaibo del Estado Zulia.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de Utilidades, Aguinaldos o Bonificaciones especiales de fin de año.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de Vacaciones o Bonos Vacacionales.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre Primas por hijos o útiles escolares.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e intereses, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- Las cantidades a retener establecidas en los literales (A, B, C y D), deberán ser entregadas directamente a la demandante de autos ciudadana MARIA BURGOS, portadora de la Cédula de Identidad No. 12.697.473, y la establecida en el literal (E) deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL N° 3. EXP: 15230.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados, ordenando retener las mismas.- El notificado (a) Expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:45 AM.-
LA JUEZ:
Dra. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
Abog. JOSÉ A. SOTO A.
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