REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4863

En el día de hoy veintiocho ( 28 ) de Octubre de dos mil nueve (2.009), siendo las diez y veinte minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la Urbanización Los Rosales, calle 3, N° 233, en la ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, acompañado por la abogada en ejercicio DAISIS MOLERO ANDRADE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.668, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, a objeto de proceder a ejecutar medida de DESALOJO, ordenado por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de DESALOJO, seguido por la ciudadana ROLAIDA JOSEFINA NEVADA BLANCO contra LESSY JOSE HERNANDEZ VELASQUEZ. Seguidamente el tribunal, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a unas ciudadanas que dijeron llamarse OLGA VELASQUEZ y GABRIELA, y no presentaron identificación personal, quienes manifestaron que el ciudadano LESSY JOSE HERNANDEZ VELASQUEZ, no se encontraba. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, ya identificada, expone: En nombre de mi representada, solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de desalojo ordenada por el juzgado de la causa, sobre el inmueble donde se encuentra constituido. En este estado el tribunal, procede a designar practico para que determine la identidad del inmueble, y se designa al ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad 4.014.170, quien previa aceptación del cargo se procede a tomarle el juramento de Ley de la siguiente manera: ¿Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? Contesto “Si lo juro”. Seguidamente el práctico designado, ya identificado, expuso: Se trata de un inmueble ubicado la Urbanización Los Rosales, calle 233, en la ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia.