REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4841

En el día de hoy catorce (14) de Octubre de dos mil nueve (2.009), siendo las once y quince minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acompañado de la abogada en ejercicio, ANDREA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.950, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en un inmueble ubicado en el caserío Ancon de Iturre, Parroquia San José del Municipio Miranda del Estado Zulia, a objeto de proceder a ejecutar medida de SECUESTRO, ordenado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, seguido por el ciudadano JORGE MIGUEL CONSUEGRA COSTA contra ALVARO URRIBARRI Y GISELA MARGARITA PEROZO BRACHO. Seguidamente el tribunal, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a la ciudadana GISELA MARGARITA PEROZO BRACHO, titular de la cedula de identidad N° V-6.885.732 parte demandada. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, ya identificada, expone: Pido al tribunal, en nombre de mi representado, se sirva ejecutar la medida de secuestro decretada por el juzgado de la causa, sobre el inmueble descrito en el despacho de medida, y donde se encuentra constituido el tribunal.