REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Seis (06) de Octubre de 2009
199º y 150º

EXPEDIENTE Nº VP01-L-2009-001650

ACTA DE MEDIACIÓN

PARTE ACTORA: MELIXA URDANETA (Compareció); APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ RAFAEL LÓPEZ y DUBIA PAREDES (Comparecieron); PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil Inversora María Fernanda C.A., APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MIGUEL HERRERA MONTIEL (Compareció); MOTIVO: RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES. En el día De hoy seis de Octubre de 2009, siendo las dos de la tarde, fecha y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron por ante este Despacho las partes relacionadas con este proceso a los fines de asistir a la continuación de la Audiencia Preliminar, este Juez Mediador les explicó a las partes las reglas a seguir y cedió el uso del derecho de palabra el Profesional del Derecho Miguel Herrera Montiel en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada quien manifestó haber logrado un acuerdo con la parte actora quien en principio había demandado por la suma de (Bs. 7.582, 30), y en la fase de mediación de este Tribunal a los efectos de ponerle fin a la controversia a través de los medios de auto composición procesal por intermedio del acuerdo de voluntades y que se resume en los siguientes términos: 1.- La parte demandada ofrece pagar la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.800, oo), en un único pago que en este acto recibe la demandante en cheque No. 97001076 de la entidad bancaria CORP BANCA C.A. a su favor y en presencia de sus abogados, que cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de demanda y cualquier otra diferencia que pudiere existir derivados de la relación de trabajo que les unió. 2.- Ambas partes convienen que los honorarios profesionales de los abogados apoderados judiciales de las mismas correrá por cuenta de cada una de ellas. 3.- Las partes dan por concluido el presente juicio que nada tienen que reclamarse y le solicitan a este Tribunal HOMOLOGUE el presente acuerdo y le imparta el carácter de cosa juzgada y se abstenga de proceder a archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento cabal de lo convenido. Este Tribunal de Instancia en fase de Mediación para decidir Observa: por cuanto considera que se han cumplido todos y cada uno de los requisitos, para que este Tribunal proceda a HOMOLOGAR el acuerdo celebrado por las partes con inmediación del Juez Mediador que preside la audiencia, es por lo que se le imparte aprobación y se le da el carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE. Por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado por las pares en esta audiencia. Se le da Aprobación y se le imparte el carácter de Cosa Juzgada en este juicio. SEGUNDO: Se da por concluida la Audiencia Preliminar y la presente causa de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena el archivo del expediente. TERCERO: Se ordena expedir copia certificada de dicho acuerdo y de la presente acta, a los fines de su entrega a cada una de las partes; se ordena expedir una (01) copia certificada de esta Resolución por Secretaria a los fines previstos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1384 del Código Civil y del articulo 72 ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De la misma forma se hace la devolución de las pruebas a las partes promoventes. PUBLIQUESE, REGISTRESE, ARCHÍVESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes las partes a las dos y treinta y cinco minutos de la tarde.
EL JUEZ

CARLOS SILVESTRI EL SECRETARIO


MERVIN NAVARRO
Los Presentes