REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO MONAGAS. Maturín, 29 de OCTUBRE del año dos mil NUEVE.-
199° y 150°

Vista la anterior solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL presentada por la ciudadana IVELICE JOSEFINA ROJAS CARIPE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.487.625, de este domicilio, quien actúa a favor de sus hijos (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolanos, los dos primeros mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.710.214, 20.127.725 y 26.157.741, siendo la última niña de 11 años de edad, respectivamente, debidamente asistida por la Dra. ENEIDA VILLAHERMOSA ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 98.746, admítase, désele entrada, por no ser contraria a derecho, se acuerda de conformidad. En consecuencia este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en interés de los Niños y/o Adolescentes, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de acuerdo a lo establecido en el Artículo 267 del Código Civil, acuerda AUTORIZAR: A la ciudadana arriba identificada para que en nombre y representación de sus hijos plenamente identificados, retire y reciba cheque de Gerencia que a la orden de este Tribunal, debe emitir EL INSTITUTO VENEZOLANO DEL SEGURO SOCIAL (I.V.S.S.), por la cuota parte que le corresponda por concepto de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES y cualquier otro beneficio generado concretamente por la aludida relación laboral con el ciudadano ANTONIO JOSE SILVA, quien fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-3.408.668. Expídase por secretaría copia certificada de estas actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.-
LA JUEZA PROFESIONAL PRIMERA

Dra. MARÍA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA
Abog. MARIA FABIOLA TEPEDINO
EXP. NRO.7979-09
MNOV/Dch.-