JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL DOS MIL NUEVE.
199º y 150º
Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada CHEILY CHERCIA, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 120.583 , parte demandante en la presente causa, donde desiste del presente juicio y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento en todas y cada una de su partes . Téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda el archivo del expediente.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
EXP. Nro. 31.299
Elaborado por luz y.
|