REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, nueve (09) de octubre de 2009
199º y 150º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001132
PARTE ACTORA: NERIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad: 16.365.092.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEDRO MIGUEL MAZZEI LEMUS, Inpreabogado: 56.630.
PARTE DEMANDADA: PACHECO SERVICIOS Y REPUESTOS MARINOS, C.A. TAMBIEN CONOCIDA COMO PASERMACA
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: JESSIKA SANCHEZ, Inpreabogado: 91.371.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Hoy, 09 de octubre de 2009, siendo las 2:00 p.m., presentes los ciudadanos NERIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad: 16.365.092, asistido por el profesional del derecho abogado PEDRO MIGUEL MAZZEI LEMUS, Inpreabogado: 56.630, como parte actora; y por la demandada Sociedad Mercantil PACHECO SERVICIOS Y REPUESTOS MARINOS, C.A. TAMBIEN CONOCIDA COMO PASERMACA, su apoderada judicial abogada: JESSIKA SANCHEZ, Inpreabogado: 91.371; todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs. 5.000,00; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en mediante dos (02) cuotas, cada una por Bs. 2.500,00; la primera en fecha 20 de octubre de 2009 y la segunda en fecha 20 de noviembre de 2009, y por ante la URDD, de este Circuito Judicial Laboral. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, homologue el presente arreglo. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.

La Juez
La Secretaria



Mgs. Judith Castro de Mendoza

Las Partes.