ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000977

PARTE ACTORA:ENNIO ALMARZA, OTON CRUZ, HUGO CRUZ, RUBEN ESPINA, DANIEL FONSECA, BENITO FUENMAYOR, JOSE ESPINA, ANTONIO GONZALEZ, ARGENIS GOTERA, JOSE LOPEZ, RICARDO MORAN, ANGEL MATHEUS, ADELIS MARTINEZ, DICTAMAR MUÑOZ, OSMAN MENDEZ, RUBEN PEREZ, IVAN PRIETO, JOSE SANGRONI, GUSTAVO SOTO y LUIS VILLASMIL

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogadas Marina Nava de Ferrer y Thaidy Villarroel, Inpreabogados N° 40.932 y 132.918 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: CEMEX DE VENEZUELA, S.A.C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Cesar Andrés Eizaga Bracho, Inpreabogado N° 110.056.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 16 de Octubre de 2009, siendo las 9:38 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado el Tribunal deja constancia que se encuentra presente la parte demandada representada por su apoderado judicial abogado Cesar Andrés Eizaga. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.
La parte demandada consigna instrumento poder original en cuatro (4) folios para su vista y devolución y copia fotostática simple del mismo en cuatro (4) folios para agregar al expediente.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

El Secretario

Los Presentes: