ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001482
PARTE ACTORA: CECILIA ISABEL ARELLANA BELTRAN
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CECILIO GONZÁLEZ HURTADO
PARTE DEMANDADA: CONDOMINIO EDIFICIO RESIDENCIAS VALPARAISO
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Rosibel González
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,29 de Octubre de 2009, siendo las 11:23 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos CECILIA ISABEL ARELLANA BELTRAN y CONDOMINIO EDIFICIO RESIDENCIAS VALPARAISO en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cuarenta mil Bolívares fuertes (Bs.F. 40.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar y/o cualquier otro concepto laboral relacionado directa o indirectamente la extinta relación laboral. Los cuales le serán entregados por ante el tribunal el día viernes 27 de Noviembre de 2009 a las 11:00 a.m. en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Así mismo las partes acuerdan, que la ciudadana extrabajadora arriba mencionada, desocupara el inmueble como conserjería, dentro de los 3 días hábiles siguientes al recibir el pago. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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