REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 12 de noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2009-002972
ASUNTO : VP11-P-2009-002972

ACTA DE AUDIENCIA ORAL 313
Resolución No. 4C-1696-2009

En el día de hoy, Jueves doce (12) de noviembre del año dos mil Nueve (2.009), siendo las nueve de la mañana (9:00 am.), se constituye este tribunal a cargo del Juez Dr. ROMULO GARCIA RUIZ, junto a la secretaria Abogada. SUZZET MONTOYA, a los fines de celebrar la Audiencia Oral fijada conforme al artículo 313 del código Orgánico Procesal Penal, para escuchar a las partes y resolver sobre la solicitud de fijar plazo prudencial para la conclusión de la investigación en la presente causa seguida en contra del imputado YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUES CAMPO, MARIA CALANCHE, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONIO SANDREA ACOSTA, ARADUS JOSE SEADT SCANDELA, YUSBERKIS VALENCIA MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ y JOSE VARGAS OCHOA, por el delito de INVASION, en perjuicio de la ciudadana MARIA LEONOR PRADO SIBADA. Seguidamente se procede a verificar la presencia de las partes intervinientes en el presente proceso, y al efecto se constató la presencia del defensor Público No. 01 de la unidad de defensores de este circuito judicial penal, Abogada. JANETH PRIETO PORTILLO, la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público Abogada. AMALIA RODRIGUEZ, presentes los imputados YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUEZ CAMPOS, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONY SANDREA ACOSTA, AROLDUS JOSE SAEDT SCANDELA, YUSBELKIS VALERIO MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ, se observa la inasistencia de los imputados MARIA CALANCHE, JOSE VARGAS OCHOA, y del defensor privado ABG GERARDO MUJICA. En este estado, solicita la palabra los imputados JOSE GREGORIO LUZARDO, quien expone: “Revoco en este acto al Abogado. GERARDO MUJICA, y solicito al Tribunal me designe un defensor publico, es todo.” Escuchada la exposición del imputado de autos, este >Tribunal le hace un llamado al Defensor Publico de Turno, recayendo este en el nombre de la Defensora Publica Primera, ABG. JANETH PRIETO, quien estando presente expone:”Acepto el cargo de defensora del imputado JOSE GREGORIO LUZARDO, es todo. Acto seguido se da inicio al acto de conformidad con el ultimo aparte el articulo 313 se procede a realizar y dar inicio al acto. Seguidamente se le cede la palabra a la ciudadana Fiscal 15° del Ministerio Público, Abogada. AMALIA RODRIGUEZ, quien expone: “Solicito a este Tribunal acuerde un lapso prudencial de CIENTO VEINTE (120) días a los fines de presentar el acto conclusivo correspondiente, en la presente causa seguida en contra de los imputados YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUES CAMPO, MARIA CALANCHE, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONIO SANDREA ACOSTA, ARADUS JOSE SEADT SCANDELA, YUSBERKIS VALENCIA MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ y JOSE VARGAS OCHOA, por el delito de INVASION, en perjuicio de la ciudadana MARIA LEONOR PRADO SIBADA, en virtud de haber muchas diligencias de investigación, y considerando que el caso es bastante complejo, considero que 120 días es poco, es todo”.- Seguidamente el Tribunal le cede la palabra a la defensa Abogada. JANETH PRIETO, quien expone: “Ciudadano juez solicito se le cede al Fiscal del Ministerio Público, un lapso de treinta (30) días por cuanto considero que es tiempo mas que suficiente a fin de que el mismo pueda dictar acto conclusivo en la presente causa seguida a mis defendidos, asimismo solicito por cuanto mis defendidos han cumplido cabalmente con las medidas impuestas por este Tribunal, se le sean extendidas el lapso de presentaciones cada sesenta días, por cuanto todos residen en los Puertos, y se les hace difícil venir cada treinta días, es todo”. Escuchadas como ha sido las exposiciones realizadas por el Representante del Ministerio Público, y por la Defensa de los imputados, observa quien preside este Despacho Judicial, que en fecha 29-04-09, fueron presentados ante este Tribunal los imputados YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUES CAMPO, MARIA CALANCHE, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONIO SANDREA ACOSTA, ARADUS JOSE SEADT SCANDELA, YUSBERKIS VALENCIA MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ y JOSE VARGAS OCHOA, por el delito de INVASION, en perjuicio de la ciudadana MARIA LEONOR PRADO SIBADA, en esa misma fecha se le acordó imponer medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ahora bien, desde el día 29-04-09, hasta la presente fecha han transcurrido siete (07) meses y trece (13) días desde la individualización de los citados imputados, si bien es cierto, que el lapso transcurrido es corto para culminar con la investigación, es por lo que este Tribunal acuerda fijar un plazo de CINETO VEINTE (120) días continuos para que el Representante del Ministerio Público concluya la investigación en el presente asunto, toda vez que el delito atribuido al imputado de autos, no es de aquellos a los que se refiere la parte final del articulo 313 de la ley adjetiva penal, en el cual se excluyen de la aplicación de esta norma, a saber delitos de lesa humanidad, contra la cosa publica, en materia de derechos humanos, crímenes de guerra, narcotráfico y delitos conexos, por lo que vencido dicho plazo sin que la representación Fiscal haya solicitado prorroga, este Juzgado procederá a decretar el Archivo de las Actuaciones. En relación a lo solicitado por la Defensa este Tribunal acuerda parcialmente la extensión del lapso de presentación de los imputados de autos, a cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, toda vez de que han cumplido cabalmente con las anteriores obligaciones, tomando en cuenta que el Ministerio Público, no manifestó su oposición a dicho pedimento.- ASI SE DECIDE.- En consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Fijar un plazo de CIENTO VEINTE (120) días al Fiscal 15° del Ministerio Público, para que concluya la investigación en el presente asunto, seguida en contra de los imputados YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUES CAMPO, MARIA CALANCHE, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONIO SANDREA ACOSTA, ARADUS JOSE SEADT SCANDELA, YUSBERKIS VALENCIA MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ y JOSE VARGAS OCHOA, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. toda vez que, el delito atribuido a los imputados de autos, no es de aquellos a los que se refiere la parte final del articulo 313 de la ley adjetiva penal en el cual se excluyen de la aplicación de esta norma, las causa que se refieran a la investigación de delitos de lesa humanidad, contra la cosa publica, en materia de derechos humanos, crímenes de guerra, narcotráfico y delitos conexos, por lo que vencido dicho plazo sin que la representación Fiscal haya solicitado prorroga, este Juzgado procederá a decretar el Archivo de las actuaciones, quedan notificados las partes se encuentran presentes en este acto de la presente decisión. SEGUNDO: Se acuerda extender el lapso de presentaciones a cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados YOANDER ALVARADO VELI, PABLO BLANQUEZ CAMPOS, YESSICA ESTONE VILCHEZ, JOSE GREGORIO LUZARDO, JOSE LUZARDO CASANOVA, ALEXANDER MALDONADO MONTILLA, CINELDO OLIVARES ORTEGA, IGNACIO ROMERO SANCHEZ, DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ, ANTONY SANDREA ACOSTA, AROLDUS JOSE SAEDT SCANDELA, YUSBELKIS VALERIO MORILLO, PEDRO ENRIQUE ZARRAGA, OMAR YEDRA RODRIGUEZ. El tribunal resolverá por auto por separado solo solicitado por la defensa en relación a la extensión del Alepo de presentación.- Siendo las Diez de la mañana culminó este acto.- TERMINO SE LEYO Y CONFORMES FIRMAN.-
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL


Dr. RÓMULO GARCÍA RUIZ


EL FISCAL 15° DEL MINISTERIO PÚBLICO (A)

Abogado. DOMINGO ROMERO

LA DEFENSA PUBLICA No. 1

Abogado. JANETH PRIETO

LOS ACUSADOS

YOANDER ALVARADO VELI

PABLO BLANQUES CAMPO


ESSICA ESTONE VILCHEZ

JOSE GREGORIO LUZARDO

JOSE LUZARDO CASANOVA

ALEXANDER MALDONADO MONTILLA


CINELDO OLIVARES ORTEGA

IGNACIO ROMERO SANCHEZ

DARWIN JOSE ROMERO SANCHEZ


ANTONIO SANDREA ACOSTA


ARADUS JOSE SEADT SCANDELA

YUSBELKIS VALERIO MORILLO

PEDRO ENRIQUE ZARRAGA

OMAR YEDRA RODRIGUEZ



LA SECRETARIA

Abogada. SUZZEET MONTOYA

En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el No. 4C-1696-2009
LA SECRETARIA

Abogada. SUZZET MONTOYA