REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, dos (02) de noviembre de 2009.-
199° y 150°
Visto el CONVENIMIENTO realizado en fecha nueve (09) de octubre de 2009, por ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, suscrito entre la abogada en ejercicio BELKY GIL ALDANA, titular de la cédula de identidad No. 4.314.115, asistida por el abogado en ejercicio abogado HUGO RODRIGUEZ VERA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 9243 y el ciudadano MOUFID MAHANNA ZAGHAYAR HAMRA, titular de la cédula de identidad No. 15.195.750, asistido por el abogado en ejercicio JESUS DAVID PULGAR DELGADO, titular de la cédula de identidad No. 2.858.839 e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 7849, este Juzgado considerando que lo convenido por las partes en la presente causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el convenimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Asimismo se ordena expedir por secretaría dos (02) copias certificadas solicitadas del escrito de transacción y del presente auto.- Así se resuelve.-
EL JUEZ PROVISORIO, LA SECRETARIA,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.- MARIA ROSA ARRIETA F.
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número 03.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA F.
CRF/pg.-