REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO

JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, veintisiete (27) de Noviembre del año dos mil nueve (2009)
199° y 150°

Recibida la anterior solicitud de la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, se le da entrada y el curso de Ley. Se forma expediente y se numera. Se admite cuanto ha lugar en derecho la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 15.562.849 y domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien asistida en este acto por la profesional del derecho ANA KAROLINA SILVA , inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 89.410, actúa en su propio nombre y en representación de los ciudadanos ANDERSON NERVYS LUZARDO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 12.384.202, V.- 17.669.019, V.- 13.088.636 y V.- 18.986.659, respectivamente, mediante la cual solicita se declaren las anteriores diligencias título suficiente para acreditarlos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta MARITZA BEATRIZ OCANDO ATENCIO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 4.328.530, falleciendo el día quince (15) de Julio del año dos mil seis (2006), tal como se evidencia de la copia certificada del Acta de Defunción emanada del Registrador Civil de la Parroquia José Cenovio Urribarri del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, anotada bajo el número 17 correspondiente al año dos mil seis (2006). Ahora bien, la solicitante, además de la señalada Acta de Defunción, acompaña los siguientes recaudos: 1) Copia Certificada de Acta de Matrimonio celebrado en fecha veintisiete (27) de Julio del año mil novecientos ochenta y dos (1982) entre los ciudadanos FELIPE ANTONIO NAVARRO PERDOMO y MARITZA BEATRIZ OCANDO ATENCIO, ambos identificados, ante el Prefecto y Secretario del Municipio Encontrados, Distrito Catatumbo del Estado Zulia, inserta bajo el número 26. 2) Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ANDERSON NERVYS LUZARDO OCANDO, emanada de la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, anotada bajo el número 149 correspondiente al año mil novecientos setenta y cuatro (1974), de la cual se evidencia el nexo filiatorio existente entre el antes mencionado y la causante. 3) Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, emanada de la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, anotada bajo el número 320 correspondiente al año mil novecientos ochenta y dos (1982), de la cual se evidencia el nexo filiatorio existente entre la antes mencionada y la causante. 4) Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el número 1.254 y correspondiente al año mil novecientos ochenta y cinco (1985), de la cual se evidencia el nexo filiatorio existente entre el antes mencionado y la causante. 5) Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO, emanada de la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, anotada bajo el número 139 correspondiente al año mil novecientos setenta y siete (1977), de la cual se evidencia el nexo filiatorio existente entre la antes mencionada y la causante. 6) Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el número 2.053 y correspondiente al año mil novecientos ochenta y ocho (1988), de la cual se evidencia el nexo filiatorio existente entre el antes mencionado y la causante. 7) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano FELIPE ANTONIO NAVARRO PERDOMO emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Estado Zulia, anotada bajo el número 187 de los libros llevados durante el año dos mil siete (2007). 8) Copia de las cédulas de identidad de los solicitantes y la causante. 9) Justificativo de testigos debidamente evacuado por ante la Notaría Pública Décima Primera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha dos (02) de Noviembre del año dos mil nueve (2009), donde rindieron declaración los ciudadanos YINETH GARCÍA y NAIRO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V- 15.766.697 y V- 7.903.517, respectivamente, manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a los solicitantes de autos y que ciudadano NERVYS LUZARDO OCANDO es hijo de MARITZA BEATRIZ OCANDO ATENCIO con una relación anterior; que conocieron de vista, trato y comunicación a FELIPE ANTONIO NAVARRO PERDOMO quien es padre de los solicitantes AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO ; que les consta que la causante MARITZA BEATRIZ OCANDO ATENCIO falleció el día quince (15) de Julio del año dos mil seis (2006) y que el ciudadano FELIPE ANTONIO NAVARRO PERDOMO falleció el día cinco (05) de Junio del año dos mil siete (2007); que los ciudadanos AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, ANDERSON NERVYS LUZARDO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO son los Únicos y Universales Herederos de la De Cujus MARITZA BEATRIZ OCANDO ATENCIO; y que los ciudadanos AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO son los Únicos y Universales Herederos de FELIPE ANTONIO NAVARRO PERDOMO. De los documentos consignados y de la declaración rendida por los testigos ante la Notaria Pública Décimo Primera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, este Tribunal constata el nexo filiatorio existente entre la causante y sus hijos AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, ANDERSON NERVYS LUZARDO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO, todos identificados con anterioridad, así como la veracidad de los hechos narrados y la certeza de lo solicitado. En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De cujus, a los ciudadanos AIMARA VANESSA NAVARRO OCANDO, ANDERSON NERVYS LUZARDO OCANDO, ARGES ANTONIO NAVARRO OCANDO, AIRELDIS DEL VALLE NAVARRO OCANDO y ROBERTO ANTONIO NAVARRO OCANDO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V.- 15.562.849, V.- 12.384.202, V.- 17.669.019, V.- 13.088.636 y V.- 18.986.659. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena devolver el Justificativo de testigos previa certificación en actas del mismo. Se ordena expedir tres (03) copias certificadas de la presente solicitud a la parte solicitante.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.

LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.