En horas de Despacho del día de hoy LUNES DIECISÉIS (16) de Noviembre de dos mil Nueve, siendo las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO, sigue el Ciudadano FRANKLIN RAMÓN FLORES VILLALOBOS contra La Sociedad Mercantil PROSEGUROS S.A.. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora Abogada YENITZA FUENMAYOR RAMÍREZ, inscrito en el inpreabogado No. 35.004, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANESCO, ubicado en la AV. 4 (BELLA VISTA) con calle No. 71. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a la ciudadano GIOVANNY JOSE PAREDES, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.280.097, con el carácter de SUB-GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 01340342213421049733 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece a La Sociedad Mercantil PROSEGUROS S.A. y el saldo que presenta es la cantidad de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 24.624,oo). En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 24.624,oo). que posee la Sociedad Mercantil PROSEGUROS S.A., parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 01340342213421049733, a fin de que sea embargada Ejecutivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA EJECUTIVAMENTE LA CANTIDAD DE VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 24.624,oo), QUE POSEE LA SOCIEDAD MERCANTIL PORSEGUROS S.A., PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO 01340342213421049733. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el número 03927004, girado contra BANESCO, BANCO UNIVERSAL, a nombre del JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES (Bs. 24.624,oo). En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, expuso: Por cuanto el monto embargado en este acto no cubre la totalidad del monto decretado por el Tribunal de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado y para tal efecto señalo a este Tribunal que se traslade a la entidad bancaria Banco de Venezuela”. Igualmente la apoderada judicial de la parte actora
deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: LA SECRETARIA:
COMISION No. 4365-09
EXP. No. 1956
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