Comisión No. 2994/2009
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
199° y 150°
En el día de hoy, lunes treinta (30) de noviembre del año dos mil nueve (2009), siendo las NUEVE Y QUINCE horas de la MAÑANA (09:15 am.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 01, en el Juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana RENEXY DEL CARMEN GUTIERREZ GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V-12.868.758, en contra del ciudadano PEDRO JOSE BARRIOS MONSALVE, portador de la Cédula de Identidad No. V-12.697.452, llevado en el expediente No. 15957, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona el CENTRO RAFAEL URDANETA (C.R.U), ubicado geográficamente en la Avenida 17 (Rafael María Baralt) con calle 77 (5 de julio), Torre Fin de Siglo, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Glaudina Nava venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 8.503.537, en su condición de Abogada del mencionado Centro, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar preventivamente, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que devenga el demandado de autos, ciudadano PEDRO JOSE BARRIOS MONSALVE, portador de la Cédula de Identidad No. V-12.697.452, como Supervisor de Evaluación Contratos, Obras y Servicios en el CENTRO RAFAEL URDANETA (C.R.U).- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales y Fideicomiso.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades o Bonificaciones Especiales que le corresponden al demandado de autos, PEDRO JOSE BARRIOS MONSALVE, antes identificado .- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos y Útiles Escolares.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre cualquier otro concepto que pueda corresponderle al demandado antes identificado.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los conceptos antes señalados y descritos en esta acta, así como las cantidades derivadas de dichos conceptos en las proporciones señaladas y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivadas de los conceptos establecidos en los literales “A”, “C” y “D” deberán ser entregadas directamente a la demandante de autos, ciudadana RENEXY DEL CARMEN GUTIERREZ GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V-12.868.758, y las cantidades establecidas en los literales “B” y “E” deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, al TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 01. Sólo reciben Cheques los días MARTES Y JUEVES.- Asimismo, se ordena informar al mencionado Tribunal de la Causa, todo lo referente al sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicio para el Centro que representa. Siendo las diez horas de la mañana (10:00 am.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-------------------------------------------------
EL JUEZ,
ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
BR. ORIANA MARTINEZ COLMENTER.
EFR/mvg/omc*
Com. 2994/2009
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