Comisión N° 2970/2009
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
199° y 150°
En el día de hoy, viernes trece (13) de noviembre del año dos mil nueve (2009), siendo las once y cuarenta y cinco horas de la mañana (11:45 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 03, en el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue el ciudadano NELSON ENRIQUE GÓMEZ, portador de la Cédula de Identidad N° 10.429.189, en contra de la ciudadana OBDULYS CHIQUINQUIRÁ SIBADA BRACHO, portadora de la Cédula de Identidad N° 12.805.508, llevado en el expediente N° 15.425, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la Empresa CROCANTICAS, ubicada geográficamente en la Calle 72, Sector La Lago, Centro Comercial Dos Recuerdos, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Raul Collados venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 17.460.667, en su condición de Director de la mencionada Empresa, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: ÚNICO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) que le corresponda a la ciudadana OBDULYS CHIQUINQUIRÁ SIBADA BRACHO, portadora de la Cédula de Identidad N° 12.805.508, quien se desempeña como empleada de la Empresa CROCANTICAS, por los conceptos de utilidades, bonos, vacaciones, Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Retroactivos, Caja de Ahorros, Retiro, Jubilación o Muerte, y cualquier otro ingreso o aumento que reciba con ocasión a su trabajo en la mencionada Empresa.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS, los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivados de los conceptos establecidos en el literal ÚNICO, deberá ser remitida en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 03.– Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si la ciudadana demandada, antes identificada, presta o prestó servicios para la Empresa que representa.-Siendo las doce y treinta horas de la mediodia (12:30 p.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.--------------------
EL JUEZ,
ABG. EDMUNDO FINOL RINCÓN
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA,
MGS. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ
EFR/mvg/ana
C- 2970/2009
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