El día de hoy, 02 de NOVIEMBRE del año Dos Mil Nueve(2009), siendo las10:50 de la Mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por la Ciudadana: NUBIA ESTELA USECHE, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.718.247 en contra del ciudadano: ALBERTO BELTRAN CASTILLO MORENO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.708.150 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 2 - Juez Unipersonal N° 2, y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora ciudadana NUBIA ESTELA USECHE, antes identificada asistida en este acto por la abogado(a) en ejercicio BEXY MIRIAM TELLES BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.741.858 inscrito(a) en el Inpreabogado bajo el N° 14801 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en un inmueble-vivienda ubicada en SECTOR DELICIAS NUEVA, AVENIDA PRINCIPAL CASA N° 162 A EN LA CIUDAD DE CABIMAS Municipio Cabimas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): ALBERTO JOSE CASTILLO USECHE, titular de la cédula de Identidad numero: 17.586.956 quien manifestó ser el hijo mayor de la ciudadana Nubia Aseche - En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha expuso: A los fines de dar cumplimiento a la medida cautelar innominada, decretada por el tribunal comitente, señalo al tribunal para que la ciudadana NUBIA ESTELA USECHE, antes identificada HABITE junto a sus hijos, en el inmueble propiedad de la comunidad conyugal y que sirvio de domicilio conyugal.-En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,