Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, once de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : OP01-P-2007-002176


ACTA DE AUDIENCIA PARA SER OIDO EL ADOLESCENTE Y MODIFICACION DE SANCION EN CUANTO A LA PERIDIOCIDAD DE LAS ASISTENCIAS AL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO.

En el día de hoy, Miércoles Once (11) de Noviembre de Dos mil nueve (2009), siendo las doce horas de la mañana (12:00 a.m.), comparece ante esta sala de Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes, previa boleta de citación, las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificada en actas, y (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de la citación que le fuera remitida por este Tribunal a los fines de sostener entrevista con la ciudadana Juez, en relación al incumplimiento de la sanción impuesta. Estando presentes la DRA. CIRA URDANETA DE GOMEZ, Juez de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, la Secretaria de Sala, ABG. ELIANA MENDEZ FLEITAS, las sancionadas antes mencionadas debidamente asistidas por la ciudadana Dra. Geisha Camacaro, Defensora Pública Penal Nº 3. A continuación la ciudadana Juez, procedió a cederle la palabra al adolescente, previa imposición de todos sus derechos y garantías constitucionales y legales contempladas en el artículo 49 ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 80 derecho a opinar y a ser oído, 86 derecho a defender sus derechos, 88 derecho a la defensa y al debido proceso, 89 derecho a un trato digno y humanitario, 544 defensa, 546 debido Proceso y en fin los contenidos en el Titulo V Capítulo III Sección Tercera, específicamente los derechos en la ejecución de las medidas contenidos en el artículo 630 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. ACTO SEGUIDO SE LE DA LA PALABRA A LA ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA), QUIEN MANIFESTÓ: “Yo no había cumplido por estaba embarazada y era de alto riesgo durante tres meses y trataron de salvarlo durante tres meses estuve de reposo y al final lo perdí y actualmente estoy de reposo por eso no he traído la constancia pero el 15 empiezo a trabajar otra vez y voy a traer la constancia o el recibo de pago. Es todo”. SEGUIDAMENTE SE LE DA LA PALABRA A LA ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, QUIEN MANIFESTÓ: “Yo tuve un problema con mi mama y mi abuela y me fui a vivir para cumaná pero he venido a mi Libertad Asistida ya me falta poco y como estoy trabajando pido que me pongan a asistir cada mes ante el equipo multidisciplinario. Yo he venido en varias oportunidades y los de seguridad camisa gris no me dejan pasar porque llego a las dos de la tarde y me dicen que está cerrado y no me dejan pasar. Es todo”. Acto seguido se le cedió el derecho de palabra a la Dra. Geisha Camacaro Defensa Pública Penal Nº 03, quien expuso: “Solicito al tribunal que tome como justificado el incumplimiento que por las razones hasta ahora han manifestado, pido se anexen a los autos copias simples de los exámenes practicados a IDENTIDAD OMITIDA constante de 7 folios útiles. Asimismo, oído como ha sido lo manifestado por la sancionada IDENTIDAD OMITIDA y en virtud que se encuentra trabajando solicito se le modifique en cuanto a la peridiocidad de las presentaciones de cada 15 días a treinta días. Es todo”. Visto lo que antecede ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA con las facultades que le confiere los artículos 646 y 647 especialmente literal e, Acuerda Primero: Como justificado el incumplimiento de las sancionadas por cuanto la sancionada IDENTIDAD OMITIDA dejó de consignar su constancia de trabajo en virtud de encontrarse de reposo por curetaje practicado como consecuencia de un embarazo de alto riesgo que ameritó reposo por tres meses. En cuanto a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, se declara como justificado el incumplimiento por cuanto la misma ha manifestado que se ha presentado en reiteradas oportunidades y no la han dejado ingresar al equipo Multidisciplinario en virtud de la hora, en consecuencia se ordena oficiar al Jefe de Seguridad como a la oficina de Alguacilazgo de este palacio de Justicia informándole que deben dejar ingresar a los adolescentes sancionados, a los fines de asistir al equipo Multidisciplinario de esta sección de adolescentes, quienes laboran todo el día, especialmente el área de psicología que inicia a la 01:30 hasta las 04:30 horas de la tarde, pudiendo verificar ante los servicios auxiliares la veracidad de dicha cita. Segundo: En vista de ello, y a los fines de asegurar que la sancionada IDENTIDAD OMITIDA cumpla correctamente con su empleo y siendo el derecho al trabajo, un derecho constitucional, se le modifica en cuanto a la peridiocidad las presentaciones del sancionado ante el equipo Multidisciplinario de esta sección de adolescentes de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, en consecuencia se ordena librar oficio a dicho órgano informándoles lo aquí acordado. Tercero. Se fija el día martes quince (15) de Diciembre de 2009 para consignar la constancia de trabajo que refleje el tiempo que lleva laborando. Cuarto: Se acuerda agregar a los autos las copias simples consignadas por la defensa en este acto constante de siete (07) folios útiles. Es todo. Líbrese lo conducente. Se deja constancia que la presente resolución se encuentra motivada, por lo que a los efectos estadísticos sólo se registrará el campo de resoluciones sin documento asociado. Siendo las doce y treinta horas y minutos de la tarde (12:30 p.m.), queda concluida la presente audiencia, quedando las partes presentes, notificadas de todo lo aquí decidido, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Terminó. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE EJECUCION,

DRA. CIRA URDANETA DE GOMEZ

LAS SANCIONADAS,


(IDENTIDAD OMITIDA)


(IDENTIDAD OMITIDA)


LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 3


DRA. GEISHA CAMACARO



LA SECRETARIA

ABG. ELIANA MENDEZ.

12:33 PM