REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO MONAGAS. Maturín, 30 de Noviembre de dos mil nueve.-

199° y 150°

Vista la diligencia presentada por la ciudadana Betty Josefina Rodríguez Becerra, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.007.409, de este domicilio, parte demandante en el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO, asistida por el Abogado en ejercicio Oscar Emilio Araguayan, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.002, de este domicilio, en la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO y luego de que esta Sala de juicio verificó que la demandante tiene capacidad de postulación para formular dicho desistimiento tal y cumplió lo establecido en el Articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala de juicio HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado, con efecto de cosa Juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el Archivo del expediente. Asimismo, se dejo sin efecto las medidas decretadas provisionales. Cúmplase.-
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA,


Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA DE SALA,


Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO.


EXP. N° 22905-2.009.
Betil.-