REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, diecinueve (19) de noviembre de 2009.
199º y 150º


EXTINCION DEL PROCESO.

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001663
PARTE ACTORA: HARVY AGUILERA, titular de la cédula de identidad: 15.061.791.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL JAVIER PUCHE URDANETA, Inpreabogado: 140.478.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CORE SERVICES DE VENEZUELA C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy diecinueve (19) de noviembre de 2009; siendo las 9:15 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, por cuanto no estuvieron presentes ni por sí, ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 y el 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable en este caso por analogía; este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO; ordenando que una vez firme la presente decisión, se archive definitivamente el expediente. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,

Mgs.. Judith del Carmen Castro.
La Secretaria

Abog. Joselyn Urdaneta.