REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Lunes Dos (2) de Noviembre de Dos Mil Nueve
199º y 150º

ASUNTO : VP01-L-2009-001294

Vista la anterior diligencia suscrita y presentada por los Abogados ADRIANA PAOLA URDANETA Y JOSÉ RAFAEL LÓPEZ en su condición de APODERADOS JUDICIALES de la parte demandada y actora respectivamente, debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus representados tal y como consta en acta; y mediante la cual convienen sobre los términos y las bases de acuerdo de pago, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, una vez verificada las facultades otorgadas por sus representados, entre ellas las de convenir, transigir y desistir, y visto que el acuerdo de pago se encuentra ajustado a derecho y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, lo HOMOLOGA dándole el carácter de la cosa juzgada y terminado el presente asunto, pero ABSTENIÉNDOSE este Juzgador de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada.
El Juez
Aboga. Alfredo García López


La Secretaria.

Aboga Yasmely Borrego