REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : VP01-L-2009-000053
Vista la diligencia presentada en fecha treinta de octubre de dos mil nueve, suscrita por el ciudadano ELIO DIAZ, asistido por la Profesional del Derecho MARIA GABRIELA PUCHE, actuando en su carácter de parte actora en este proceso, y por el Profesional del Derecho RAMON SILVA, en su carácter de apoderada de la codemandada RAFA ELECTRONIC y del ciudadano RAFAEL ANGEL MORALES, por medio de la cual celebran transacción, este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumada dicha transacción, la HOMOLOGA, por considerar que la misma no menoscaba derechos irrenunciables del trabajador, ni lesiona normas de orden público, y cumple los requisitos exigidos por el Artículo Tercero de la Ley Orgánica del Trabajo, pasándola en consecuencia en autoridad de cosa juzgado declarando terminado el presente juicio y ordenando el archivo definitivo del expediente.-

El Juez.


Mgs. Hugo Cordero Morillo.


La Secretaria,

Abog. Maria Henriquez. . .