REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Veintitrés (23) de Noviembre dos mil nueve (2009).
199º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2008-002514
Vista la diligencia de fecha Veinte (20) de Noviembre de 2009, suscrita por el abogado ISMAEL CASTRO , mayor de edad, venezolano, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el No- 5.102.842, procediendo en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VICTOR JOSE OCANTO, mediante la cual desiste del procedimiento que por PRESTACIONES SOCIALES consignado en contra del TRANSPORTE REFRIGERADO DE VENEZUELA C.A En virtud de la anterior exposición; este TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a tenor de lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ,Y continua con el procedimiento en lo que respecta a los codemandantes plenamente identificados en el presente asunto. Así se decide.
La Juez
Abog. MARIANELA BRAVO
La Secretario
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