ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001926

PARTE ACTORA: ARELIS URRIBARRI

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Irama Montero, Inpreabogado N° 36.202.

PARTE DEMANDADA: SERMALITE, SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA TECNIFICADOS, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Francisco Cordido, Inpreabogado N° 64.791.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy,6 de Noviembre de 2009, siendo las 9:40 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana ARELIS URRIBARRI en su carácter de parte actora asistida por la apoderada judicial abogada Irama Montero en su condición de Procuradora de Trabajadores y SERMALITE en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial el abogado Francisco Daniel Cordido Páez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 13/11/09 en la sede del Tribunal a la demandante la cantidad de dos mil setecientos ochenta y nueve con veintiséis bolívares (Bs. 2.789,26) con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionadas, utilidades fraccionadas, indemnización sustitutiva de preaviso y indemnización por despido injustificado. Declara la demandada que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar el mismo hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado.
La parte demandada consigna instrumento poder en copia certificada en cinco (5) folios para su vista y devolución y copia fotostática simple en tres (3) folios para agregar al expediente.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

El secretario

Los Presentes: