REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA




JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 19 de MAYO de 2009
199° y 150°

RESOLUCIÓN No 363-09 CAUSA N° 2E-176-07

Este Tribunal en funciones de Ejecución acuerda realizar el cómputo Legal de Pena, según Acta de Redención por el trabajo y el estudio, correspondiente al penado LUIS ANTONIO SUAREZ URBINA, titular de la cédula de identidad Nº 14.511.432, Venezolano, natural de Cabimas, nacido en fecha 11-11-1978, de 30 años de edad, de estado civil soltero, hijo de IRIA URBINA y ANTONIO SUAREZ (DIF), residenciado en: Cabimas, Urbanización Amparo, calle Bolivia con San Benito, Nº 29A, cerca de la Iglesia Evangélica Pentecostal del Estado Zulia, según lo dispuesto en el artículo 03 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal y así tenemos:

El Penado LUIS ANTONIO SUAREZ URBINA, fue condenado en fecha 02-05-07, por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LEONARDO ANTONIO GONZALEZ MENDOZA.

Asimismo se evidencia de las actas que conforman la presente causa que el sentenciado antes identificado fue detenido por primera vez el día 16-12-1998, hasta el día 03-02-1.999, fecha en la cual le fue otorgado el Beneficio de Sometimiento a Juicio, por lo que estuvo detenido UN (01) MES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, cumpliendo con el régimen de presentaciones de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, fue detenido por segunda vez el día 17-04-2007 hasta el día de hoy 19-05-2009, fecha en la cual se realiza el presente cómputo lleva detenido DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y DOS (02) DIAS. Asimismo se evidencia, que al folio (549) corre inserta Acta de Redención por Trabajo o Estudio, de fecha de corte 12-05-2009, en la cual le redime un lapso de UN (01) AÑO Y DIECINUEVE (19) DÍAS, que haciendo la sumatoria de todos los tiempos, hacen un total de CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, faltándole por cumplir: SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES Y CINCO (05) DIAS. CUMPLE LA PENA PRINCIPAL EL DÍA: 24-10-2016; Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena para optar por el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO el día: 24-10-2007. Cumplió un tercio (1/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO el día: 24-10-2008. Cumple dos tercios (2/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL el día 24-10-2012. Cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena para optar por el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO el día: 24-10-2013; así como la SUJECIÓN A LA VIGILANCIA de la Autoridad por una cuarta (1/4) parte del tiempo de la pena, después de terminada esta, la cumplirá el día 24-10-2019. ASI SE DECIDE.-



DISPOSITIVA


POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, COMPUTA EL TIEMPO REDIMIDO POR EL TRABAJO Y ESTUDIO REALIZADO, al penado LUIS ANTONIO SUAREZ URBINA, titular de la cédula de identidad Nº 14.511.432, todo de conformidad con el articulo 507 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-

Regístrese la presente resolución y remítase copia certificada de la misma al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo boleta de notificación al referido penado, a los fines de que se de por notificado de la decisión dictada, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíquese a la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Público y a la Defensa Privada.
LA JUEZA SEGUNDO DE EJECUCIÓN,


ABOG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET.

LA SECRETARIA,


ABOG. ROSA ZERPA.


En la misma fecha se registró la presente decisión quedando anotada bajo el No. 363-09 del libro respectivo, y se oficio bajo los Nros: 3162-09, 3163-09 y 3164-09 y se libraron las respectivas Boleta de Notificación.-

LA SECRETARIA,


ABOG. ROSA ZERPA.


ARHH/ep