REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 18 de Mayo de 2009
199° y 150°

RESOLUCIÓN No 355-09 CAUSA N° 2E-305-08

Este Tribunal en funciones de Ejecución acuerda realizar el Cómputo Legal de Pena, según Acta de Redención por el trabajo y el estudio, correspondiente al penado NELSON ENRIQUE CHIRINOS MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 14.084.816, Venezolano, nacido en fecha 27-09-1976, de 32 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 14.084.816, hijo de LEOBALDO MEDINA y de CALIXTO CHIRINOS, (DIF), residenciado en El Barrio Federación II, carretera 44, casa Nº 51, al costado de la Carnicería El Rosario, Municipio Cabimas, Estado Zulia, según lo dispuesto en el artículo 03 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal y así tenemos:
El penado NELSON ENRIQUE CHIRINOS MEDINA, fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley contenidas en el Artículo 16 del Código Penal, como Coautor en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 406, ordinal primero del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana NANCY RAMONA MORAN.

Se evidencia que desde el día 13-10-2006, fecha de DETENCIÓN del ciudadano antes señalado, hasta el día de hoy 18-05-2009, fecha en la cual se realiza el presente computo, ha transcurrido un lapso de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES y CINCO (05) DIAS; asimismo se evidencia, que al folio (536) corre inserta Acta de Redención por Trabajo o Estudio de fecha de corte 30-04-2009, en la cual le redime al penado un lapso de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y SEIS (06) DIAS, que sumados al tiempo de detención, hacen un total de TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y ONCE (11) DÍAS, faltándole por cumplir: ONCE (11) AÑOS, UN (01) MES y DIECINUEVE (19) DIAS. Por lo que CUMPLE LA PENA PRINCIPAL EL DÍA: 07-07-2020. Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena para optar por el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO el día: 07-04-2009. Cumple un tercio (1/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO el día: 07-07-2010. Cumple dos tercios (2/3) de la pena para optar por el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL el día 07-01-2013. Cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena para optar por el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO el día: 07-10-2016; así como la SUJECIÓN A LA VIGILANCIA de la Autoridad por una quinta (1/5) parte del tiempo de la pena, después de terminada esta, la cumplirá el día 07-07-2023. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA


POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, COMPUTA EL TIEMPO REDIMIDO POR EL TRABAJO Y ESTUDIO REALIZADO, al penado NELSON ENRIQUE CHIRINOS MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº 14.084.816, todo de conformidad con el articulo 507 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-
Regístrese la presente resolución y remítase copia certificada de la misma al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo boleta de notificación al referido penado, a los fines de que se de por notificado de la decisión dictada, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíquese a la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Público y a la Defensa Publica.
LA JUEZA SEGUNDO DE EJECUCIÓN,


ABOG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET.
LA SECRETARIA,

ABOG. ROSA ZERPA.

En la misma fecha se registró la presente decisión quedando anotada bajo el No. 355-09, del libro respectivo, y se oficio bajo los Nos 3071-09, 3072-09, y 3073 -09.

LA SECRETARIA,

ABOG. ROSA ZERPA.



Causa N° 2E-305-08.
ARHH/ep.