REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO
ACTA DE DIFERIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE TRIBUNAL MIXTO, Y CONSTITUCION DE MANERA UNIPERSONAL
CAUSA No. 8M-385-08 DECISION No: 8J-025-09
En el día de hoy, Martes Cinco (05) de Mayo de 2.009, siendo las doce horas del medio día (12:00AM.), luego de un lapso de espera de una hora para la total comparecencia de las partes, día fijado por este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para llevar a efecto la Constitución del Tribunal Mixto en la causa signada bajo el N° 8M-385-08, seguida en contra de la acusada DOUGLAS SEGUNDO CHIRINOS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, cometido en perjuicio de la EMPRESA NESTLE DE VENEZUELA. Presentes en la sala de este Despacho habilitado para tal fin, en el 2° piso de la Sede del Palacio de Justicia del Estado Zulia, ubicado en la avenida 15 (Las Delicias) de esta ciudad de Maracaibo, el Juez Profesional DR. JUAN ANTONIO DIAZ VILLASMIL, y actuando como secretaria la ABG. YOMAIRA CARRASCAL VILLALOBOS. Seguidamente el Juez le solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, dejando esta constancia que se encuentra presente el Fiscal Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público, ABOG. LIDUVIS GONZALEZ, el acusado DOUGLAS SEGUNDO CHIRINOS GONZALEZ, previo su traslado desde el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, y la ABOG. MARIA VICTORIA VILLASMIL, en su carácter de Defensora Privada del acusado antes mencionado. Y por participación ciudadana solo compareció el ciudadano JAURO PEREZ. Acto seguido, la ABOG. MARIA VICTORIA VILLASMIL, solicitó la palabra y expuso: “En nombre y representación de mi defendido y por cuanto no se ha podido constituir el Tribunal con Escabinos, esta Defensa solicita muy respetuosamente a este Tribunal, constituya la presente causa de manera Unipersonal, de conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en consonancia con lo establecido en la Jurisprudencia emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, visto que el Tribunal había ordenado el traslado de mi defendido para el Hospital Universitario de Maracaibo, en el dìa de hoy, el cual no fue posible por cuanto estaba fijada la celebración de este acto, solicito se ordene nuevamente su traslado al Centro Asistencial. De igual manera solicito que a mi defendido se le conceda la palabra. Es todo”. Acto seguido, el Juez impuso al acusado DOUGLAS SEGUNDO CHIRINOS GONZALEZ, del precepto constitucional previsto en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución Nacional, así como las demás normas legales que regulan las declaraciones de los imputados y acusados, establecidas en los artículos del 125 al 146 del Código Orgánico Procesal Penal y de seguidas expuso lo siguiente: “Estoy de acuerdo con la solicitud hecha por mi Defensora, de que se constituya mi causa en forma unipersonal porque quiero que se haga el juicio rápido, por lo tanto renuncio a ser juzgado con Escabinos, y pido se fije mi juicio. Es todo”. Seguidamente, el Fiscal 46 del Ministerio Público, ABOG. LIDUVIS GONZALEZ, expuso: “No tengo ninguna objeción a dicha solicitud. Es todo”. Este Tribunal, oída la solicitud del acusado DOUGLAS SEGUNDO CHIRINOS GONZALEZ, ratificada por la Defensa Privada, y oída también la opinión del Ministerio Público, quien manifestó no tener ninguna objeción y quienes por unanimidad solicitan que este Tribunal se constituya en forma unipersonal, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, considera procedente en derecho lo solicitado y decide constituirse en forma Unipersonal, a los efectos de celebrar el juicio oral a los fines superiores de otorgar una justicia pronta y transparente, así como para garantizar la celeridad y la economía procesal. Por las razones y fundamentos antes expuestos este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE la solicitud de constituirse como Tribunal Unipersonal, y, en consecuencia, SE CONSTITUYE EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra del acusado DOUGLAS SEGUNDO CHIRINOS GONZALEZ, quien actualmente se encuentra recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite y se fija la realización del Juicio Oral y Público de manera Unipersonal, para el día MARTES DOS (02) DE JUNIO DE 2008, A LA UNA DE LA TARDE (1:00PM) Quedando las partes notificadas de la decisión dictada. Se ordena librar Boletas de Notificación a los funcionarios, expertos y testigos que deban comparecer a dicha audiencia, así como también se ordena el traslado de los acusados de actas, desde el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, el día y hora antes señalada. De igual manera se acuerda el traslado del acusado antes mencionado, al Hospital Universitario de esta ciudad, para el día JUEVES SIETE (07) DE MAYO DE 2009, A LAS 7:00AM, comisionando para su traslado a la Policía Regional; Departamento Bolívar y Santa Lucia, y se acuerda oficiar al Director del referido centro de salud. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades exigidas, terminándose el acto a las Doce y Diez minutos de la tarde (12:10PM). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ OCTAVO DE JUICIO
DR. JUAN ANTONIO DIAZ VILLASMIL
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
DR. LIDUVIS GONZALEZ
EL ACUSADO
DOUGLAS CHIRINOS GONZALEZ
LA DEFENSORA PRIVADA
ABOG. MARIA VICTORIA VILLASMIL
LA SECRETARIA
ABOG. YOMAIRA CARRASCAL VILLALOBOS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta.
LA SECRETARIA
CAUSA No. 8M-385-08.-
JADV/yc.-