REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 06 de mayo de 2009
199° y 150°

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL

En el día de hoy, miércoles seis (6) de Mayo del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las once y treinta (11:30 a.m.), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-123-08, seguida en contra de los acusados FRANKLIN JOSE MORILLO, DOUGLAS MARIANO ROMERO, GEORGE ANTONIO CAMARGO Y SORENA COROMOTO FERNANDEZ, por la presunta comisión de los delitos COMPLICES EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO (FUTILES E IMNOBLES) EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO CON LAS AGRAVANTES DE COMETERLOS DE NOCHE Y CON ARMA EN UNIÓN DE OTRAS PERSONAS, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera el nombre de CARLOS ALBERTO MELENDEZ. Se constituyó el DR. JESUS ENRIQUE RINCON, Juez Séptimo de Juicio, acompañada de la Secretaria ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia del Fiscal 9° del Ministerio Publico ABOG. JOSE LUIS RINCON RINCON, de la victima THUMAS MELENDEZ, de los acusados DOUGLAS MARIANO ROMERO, GEORGE ANTONIO CAMARGO Y SORENA COROMOTO FERNANDEZ, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, el acusado FRANKLIN JOSE MORILLO y los Abogados Defensores MAYOLA GONZALEZ, MARCOS MONTENEGRO Y DAYANA VALBUENA. Igualmente se deja constancia que no compareció ninguno de los convocados por Participación Ciudadana. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa mas de cuatro sorteos, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, en tal sentido se procede a conceder la palabra a cada uno de los acusados FRANKLIN JOSE MORILLO, DOUGLAS MARIANO ROMERO, GEORGE ANTONIO CAMARGO y SORENA COROMOTO FERNANDEZ, quienes impuestos nuevamente del precepto constitucional contenido en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución Nacional, y cada uno en su momento expuso: “Queremos que el tribunal se constituya de manera unipersonal, para no perder mas tiempo y se fije el juicio lo más pronto posible, es todo”. Asimismo se le concede la palabra al abogado ABOG. MAYOLA GONZALEZ, quien expone: “Ciudadano Juez solicito tome en consideración el pedimento de mis defendidos GEORGE ANTONIO CAMARGO Y SORENA COROMOTO FERNANDEZ y le pido fije cuanto antes la Audiencia Oral y Publica, es todo”. De igual manera se le concede la palabra al abogado ABOG. MARCOS MONTENEGRO, quien expone: “Solicito se tome en consideración el pedimento de mi defendido DOUGLAS MARIANO ROMERO y le pido fije cuanto antes la Audiencia Oral y Publica, es todo”. De igual manera se le concede la palabra al abogado ABOG. DAYANA VALBUENA, quien expone: “Solicito se constituya el Tribunal Unipersonal tal como lo ha solicitado mi defendido FRANKLIN JOSE MORILLO y le pido fije cuanto antes la Audiencia Oral y Publica, es todo”. De igual manera se deja constancia que el Fiscal del Ministerio Público manifiesta: “No me opongo a que se constituya el Tribunal Unipersonal, es todo”. Acto seguido presente como se encuentra la victima expone: “No tengo objeción en que se constituya de forma unipersonal, es todo.” Ahora bien, vista la exposición realizada por las partes, esto es, la manifestación expresa y voluntaria de los acusados, libres de todo tipo de coacción o apremio, de solicitar que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, en razón de lo cual y en atención a la sentencia N° 3744 emanada de la Sala Constitucional de fecha 22 de diciembre de 2003, la cual es de carácter vinculante para todos los jueces de la República, estableció que en caso de no lograr luego de dos convocatorias la constitución del tribunal con Escabinos “(…)el juez profesional que dirigirá el juicio, debe asumir totalmente el poder jurisdiccional sobre la causa, por lo que deberá llevar adelante el juicio prescindiendo de los Escabinos (…)”., lo cual guarda estrecha relación con la decisión de la Sala Constitucional de fecha 19-10-2007 que establece “En este orden de ideas, estima la Sala que respecto de la posibilidad de que el procesado solicite que su causa sea tramitada ante tribunal unipersonal, debe observarse que, primero: este es un derecho del procesado, no un deber; segundo: que el ejercicio de tal potestad supone el sacrificio del derecho al juzgamiento por el tribunal que, en principio, era el natural para el conocimiento de la causa; tercero: que la participación ciudadana no sólo interesa al procesado, sino que corresponde a un interés colectivo y a una necesidad social y debe ser, por tanto, considerada como cuestión de orden público “. En el presente caso se observa, que previa revisión de la carpeta de sorteos, se han realizado cuatro sorteos de Escabinos, no lográndose la constitución del Tribunal Mixto, en tal sentido, en aplicación del criterio establecido por la Sala Constitucional este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día LUNES OCHO (08) DE JUNIO DE 2.009 A LA UNA HORAS DE LA TARDE (1:00 P.M), Quedando las partes notificadas. Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Concluyó el acto siendo la una de la tarde (1:00 a.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 040-09. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,


DR. JESUS ENRIQUE RINCON


EL FISCAL 9° DEL MINISTERIO PÚBLICO



ABOG. JOSE LUIS RINCON

LA VICTIMA


THUMAS MELENDEZ
LA DEFENSA PRIVADA


MAYOLA GONZALEZ,


MARCOS MONTENEGRO


DAYANA VALBUENA





LOS ACUSADOS




SORENA COROMOTO FERNANDEZ

DOUGLAS MARIANO ROMERO


GEORGE ANTONIO CAMARGO
FRANKLIN JOSE MORILLO



LA SECRETARIA,


ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA
Causa 7M-148-09
JER/ks.-