REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 14 de Mayo de 2009
198° y 149°

Decisión N° 537-09.
Causa N° 6C-12.192-07

Visto y estudiado el escrito presentado por la Abogada MARIA EUGENIA MORALES TOVAR en su carácter de Fiscal (A) Vigésima Tercera del Ministerio Público del estado Zulia, donde solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra del ciudadano CARLOS ANDRÉS JIMÉNEZ GONZÁLEZ titular de la Cédula de Identidad N° 10.449.323, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 32 DE LA Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, todo con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. De lo ante expuesto, este Tribunal de Control previo a resolver observa:

Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia la comisión de un hecho punible de las siguientes diligencias:
• Acta Policial de fecha 28 de Septiembre de 2007, suscrito por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del acta de entrevista de fecha 28-09-2007, rendida por la ciudadana YANIS DELIA CONDE CORREDOR, titular de la Cédula de Identidad N° 16.8730317, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del acta de entrevista de fecha 28-09-2007, rendida por el ciudadano JOSE GREGORIO FERRER VELASCO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.445.831, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del Acta de de entrevista de fecha 16-10-2007 del ciudadano OLIVER JOAN DURAN VELÁSQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.307.129, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• El Acta de entrevista del ciudadano LARRY LUIS LUZARDO FONSECA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.834.553, por ante el Del acta de entrevista de fecha 17-10-2007 rendida por la ciudadana NORMA JOSEFINA BASABE QUEVEDO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.802.393, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del Acta de entrevista de fecha 17-10-2007, rendida por el ciudadano LUIS MANUEL GÓMEZ QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° 17.737.282, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del Acta de entrevista de fecha 18-10-2007, rendida por el ciudadano NELSON ENRIQUE QUEVEDO GUANIPA por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del Acta de entrevista de fecha 19-10-2007, rendida por la ciudadana JAICY FABIOLA VALBUENA FARIA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.381.261, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas- Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del Acta de entrevista de fecha 19-10-2007, rendida por el ciudadano ROLANDO ANTONIO RIVAS, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Maracaibo.-
• Del acta de antecedentes policiales emitido en fecha 16-10-2007, correspondientes al ciudadano GERMAN DE JESÚS CASTILLO, donde consta que el mismo presenta conducta predelictual.-
• Del acta de experticia botánica N° 9700-135-DT-1391, de fecha 26-10-2007, suscritas por las Expertas DRA. BERENICE HERNÁNDEZ y LIC. YORALYS FERNÁNDEZ, ADSCRITAS AL DEPARTAMENTO DE toxicología del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-

Ahora bien, por cuanto del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, y practicadas las diligencias pertinentes por el representante del Ministerio Público, no han surgido elementos de convicción que determinen la presunta responsabilidad del ciudadano CARLOS ANDRÉS JIMÉNEZ GONZÁLEZ, en el delito investigado, quedando evidenciado la responsabilidad del ciudadano GERMAN DE JESÚS CASTILLO FUENMAYOR, en la omisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Contra el Trafico licito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, considera esta Juzgadora que lo procedente en este caso, es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.- ASÍ SE DECLARA.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra del ciudadano CARLOS ANDRÉS JIMÉNEZ GONZÁLEZ, en el cometimiento del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Contra el Trafico licito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO ; todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese déjese copia en archivo, y remítase al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.
LA JUEZ SEXTO DE CONTROL,


DRA. DORIS NARDINI RIVAS






LA SECRETARIA (S),

ABOG. MARIA C. BAPTISTA.


En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 537-09 y se oficio bajo el N° 2282-09.-

LA SECRETARIA (S),

ABOG. MARIA C. BAPTISTA.







DNR/lm.
CAUSA N° 6C-12.192-07