REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL

Maracaibo, 04 de Mayo 2009
199° Y 150°

DECISION No.553-09 CAUSA No. 4C-17329-09

Visto el escrito presentado por la Fiscal 24° del Ministerio Público, Abog. EDICTA BETARIZ QUIROGA mediante el cual informa que solicita se sustituya la Medida de Privación Preventiva de Libertad a la imputada DANYS ESTHER GONZALEZ, este Tribunal entra a realizar las siguientes consideraciones:

En esta misma fecha, se recibió por ante este Tribunal escrito presentado por la fiscal del Ministerio Publico antes mencionada y solicita la sustitución de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad en atención a que venció el tiempo establecido para la presentación del acto conclusivo de la investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y no hay según la fiscal del Ministerio Publico, hasta la fecha perentoria del 30 de abril del año en curso suficientes elementos que hagan posible sustentar alguno de los actos conclusivos a que se contrae los artículos 315, 318 o 326 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual al ser esta la titular de la acción penal en representación del Estado Venezolano, y quien dirige la investigación, se estima procedente en derecho la solicitud del Ministerio Publico a la luz del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda sustitución de la Medida de Privación Preventiva de Libertad en contra de DANYS ESTHER GONZALEZ, por la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad contendida en el articulo 256 numerales 3° v 4° con presentación cada 30 días y prohibición de ausentarse del país sin la autorización del Tribunal, ordenando su INMEDIATA LIBERTAD. Y ASI SE DECLARA.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: la sustitución de la Medida de Privación Preventiva de Libertad en contra de DANYS ESTHER GONZALEZ, plenamente identificada en actas por la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad contendida en el articulo 256 numerales 3° v 4° con presentación cada 30 días y prohibición de ausentarse del país sin la autorización del Tribunal, ordenando su INMEDIATA LIBERTAD mas las contenidas en el articulo 260 del Código Orgánico Procesal Penal debiendo venir el día 05-05-09 a las 10:00 de la mañana. .
Regístrese, Notifíquese y ofíciese.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL TEMPORAL
DRA. MARIA JOSE ABREU BRACHO
LA SECRETARIA,
ABOG. EVELYN SARMIENTO
En la misma fecha se registró la presente decisión, bajo el Nº 553-09,

LA SECRETARIA (S),

MJAB/mjab *
Causa N° 4C-17329 -09