REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
199° y 150º
ACTA DE AUDIENCIA ORAL ART. 313 DEL C.O.P.P
CAUSA N° 4C- 14354-08 DECISIÓN N° 572-09
En el día de hoy, Lunes Once (11) de Mayo del Dos Mil nueve, siendo las Nueve y treinta de la mañana (09:30 AM), oportunidad fijada por este Tribunal Cuarto de en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Zulia, para la celebración de la AUDIENCIA ORAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal, en la presente causa signada bajo el N° 4C-14354-08 relacionada con la solicitud realizada por la Abogada LUCY BLANCO, defensora Publica Trigésima Sexta en calidad de defensora de los ciudadanos JORGE ELIECER OSORIO PACHECO Y LINEY MARGARITA OSORIO CALDERON, por la comisión del delito de LESIONES EN RIÑA, previsto y sancionado en el articulo 413 en concordancia con el articulo 426 del Código Penal. Acto seguido, verificada la presencia de la partes, el Tribunal deja constancia que se encuentran presentes la Abog. MARIONNY MARTINEZ, Fiscal Auxiliar Cuadragésima Sexta del Ministerio Público de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, del imputado JORGE ELIECER OSORIO PACHECO, la Abog. LUCY BLANCO, defensora Pública Trigésima Sexta. Seguidamente, se le concedió el derecho de la palabra a la Abog. Marionny Martínez, Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, quien expuso: “Solicito al Tribunal me sea concedido un plazo prudencial de TREINTA (30) días, para la conclusión de la investigación seguida al ciudadano JORGE ELIECER OSORIO PACHECO, por cuanto todavía faltan actuaciones que practicar; de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo solicito copia simple del acta, es todo”. Acto seguido, se le concede la palabra a la defensora Publica Abog. LUCY BLANCO, quien expuso: “Esta Defensa no se opone a la solicitud realizada por la Representación del Ministerio Público, para la conclusión de la investigación, asimismo esta defensa solicita copias simples de la presenta acta, es todo”. Seguidamente se le impuso al imputado del contenido del artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y se le explico el motivo de la audiencia, seguidamente se le dio la palabra y este expuso “no me opongo a la solicitud del Ministerio Publico es todo”. Oída como ha sido la exposición fiscal y la defensa, siendo que no ha habido oposición por la defensa, y en atención a lo establecido en le articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, como Garantía del debido proceso, así como ante la Juez Natural, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, tomando en consideración el tiempo que ha transcurrido en la investigación, esta Juzgadora ACUERDA PRIMERO: fijarle al Ministerio Público el plazo prudencial de TREINTA (30) días CONTINUOS para que concluya su investigación a partir de la presente fecha siendo el día ad quem el DIEZ (10) DE JUNIO DEL 2009, estando sujeto este lapso a las consecuencias jurídicas contempladas en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que los efectos de esta audiencia alcanzan a ambos imputados de autos toda vez que el plazo acordado es a efectos de la culminación de la Investigación fiscal Se deja constancia que con la lectura de la presente acta quedaron notificadas las partes presentes en este acto, Se leyó, terminó y conformes firman. Regístrese bajo la decisión No. 572-09.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL, (S)
DRA. MARIA JOSE ABREU BARCHO
LA REPRESENTACION FISCAL
ABOG. MARIONNY MARTINEZ
LA DEFENSA PÚBLICA
ABOG. LUCY BALNCO
EL IMPUTADO
JORGE ELIECER OSORIO PACHECO
LA SECRETARIA,
ABOG. EVELYN SARMIENTO
MJAB/mer
Causa No. 4C-14354-08