Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la Abogada en Ejercicio DAYSI ROMERO, venezolano, mayor de edad, abogada en ejercicio inpreabogado No. 83.949, quien actúa con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana YULIMA MORILLO DE IBAÑEZ, quien expuso: Solicito de este digno Tribunal, s sirva ordenar remisión del Expediente No. 2U-2937-02, el cual fue enviado a ese despacho en oficio no. 1290-05, de fecha 09 de septiembre de 2005, legajo 09, que por pensión Alimentaría fue incoado por la ciudadana YULIMA MORILLO DE IBAÑEZ, en contra del ciudadano MIGUEL IBAÑEZ, debido a que se encuentran cantidades de dinero retenidas y piden sean liberadas… (Sic)”
Por auto de fecha dieciséis (16) de Abril de 2009, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.