REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 27 de Mayo de 2009
199º Y 150º
Visto el desistimiento presentado por el ciudadano AMIN JOSÉ GRACIA PADRÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.927.480, debidamente asistido por la profesional de derecho MARIANELLA DA FONSECA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.217 parte solicitante en el presente juicio de Título Supletorio, y por cuanto este Tribunal considera que el referido Desistimiento no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y, en consecuencia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano AMIN JOSÉ GRACIA PADRÓN, antes identificado, debidamente asistido por la profesional de derecho MARIANELLA DA FONSECA GARCIA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.- Asimismo, desistida como fuera la presente causa, y vista la solicitud de devolución de originales, este Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia se ordena la devolución de los mismos previa certificación en actas de los mismos.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los veintisiete (27) día del mes de Mayo de Dos Mil Nueve. Año: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA
ABG. CARLOS RAFAEL FRÍAS ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha anterior, se dictó y publicó la anterior Resolución en la presente solicitud No. S-1099, quedando anotada bajo el N° 114
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
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