REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Por solicitud de fecha 29 de Septiembre de 2008, la ciudadana MAYERLING CHIQUINQUIRA QUINTERO COLINA venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 22.074.296, y domiciliada en el Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, debidamente asistida por el abogado LENIN LA MADRID, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 66.311, Titular de la cedula de identidad No 11.860.035, ocurrió para solicitar la rectificación de su Acta de Nacimiento, signada con el N° 442, levantada el día 15 de Octubre de 1998, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 501 del Código Civil y 773 del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de que se corrija el error cometido al momento de asentar dicha Acta en el libro Duplicado correspondientes a la Oficina Principal de Registro del Estado Zulia; es decir, que se asiente en el contenido del acta de nacimiento, que al redactarse se cometió el error de escribir el número de la cédula de su madre ciudadana MIREYA JOSEFINA COLINA DE QUINTERO como “15.296.723” cuando lo correcto es “16.296.723” y no como aparece redactado en el acta de nacimiento.
Por auto de fecha 01 de Octubre de 2008, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, admitió cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, ordenándose la Notificación del Fiscal Trigésimo Segundo (32°) del Ministerio Público.-
En fecha 05 de Noviembre de 2008, se agregó a las actas Boleta donde consta la notificación del representante del Ministerio Público.
Observa este Juzgador, que en la copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana MAYERLING CHIQUINQUIRA QUINTERO COLINA, del Libro llevado por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, aparece señalado el número de la cédula de su madre como “15.296.723” cuando lo correcto es “16.296.723”, según se evidencia de los documentos consignados con la presente solicitud; por lo cual de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil se declara con lugar la Rectificación solicitada.- ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Administrando Justicia


en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA MAYERLING CHIQUINQUIRA QUINTERO COLINA y en consecuencia se ordena rectificar dicha acta de nacimiento Nº 442 en los libros de duplicados que lleva la Jefatura Civil de la Parroquia El bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en el sentido de que se asiente el número correcto de la cédula de identidad de su madre ciudadana MIREYA JOSEFINA COLINA DE QUINTERO, como 16.296.723, dejándose corregido de esta manera el error involuntario cometido al asentarse la partida de nacimiento en el Libro llevado por esa Jefatura Civil..-. Háganse las debidas participaciones de Ley.- ASI SE DECLARA.-
No hay condenatoria en costas.-
Déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese.-
Remítase copia certificada de esta sentencia a la Jefatura Civil de la Parroquia El bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los Veinte (20) días del mes de Mayo de dos mil nueve (2009).-Años 199º de la independencia y 150º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. CARLOS RAFAEL FRÍAS LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL

Siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana del mismo día se dictó y publicó la anterior sentencia, quedando anotada bajo el No.88 .-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.


CRF/yp