REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

En el día de hoy, DOCE (12) DE MAYO DEL DOS MIL NUEVE, en horas de despacho, siendo las once de la mañana, traslado previamente acordado a solicitud de parte para el día de hoy, a objeto de darle cumplimiento a la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue La Sociedad Mercantil JOHNSON CONTROLS VENEZUELA S.A, contra la Sociedad Mercantil INSTALACIONES Y PROYECTOS INDUSTRIALES C.A (INPROINCA) en su carácter de deudora principal.- Acto seguido este Tribunal, se trasladó en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora abogados en ejercicio Marco Antonio Pérez Mora, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.117.930 y JAIME GOMEZ PACHECO, inscrito en el inpreabogado 47.622, a la dirección que a continuación señalan: Calle 95F, esquina avenida 45, numero 95F-06, sector La Pastora, específicamente dirección donde funciona la empresa hoy demandada INPROINCA en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia,.- El Tribunal se encuentra custodiado en este acto por el Funcionario Policial, Darwin Piña, credencial No 1037.- Una vez constituido este tribunal ejecutor en las afueras de la empresa hoy ejecutada, se procedió a realizar los llamados pertinentes, los cuales fueron atendidos por una ciudadana que permitió el acceso al tribunal y se identificó con cédula personal como DALILA JOSEFINA RODRIGUEZ CERMEÑO, venezolana, mayor de edad, numero de cédula 9.763.256, quien manifestó ser secretaria de la empresa INPROINCA.- Acto seguido esta juzgadora procede a informarle a la ciudadana DALILA RODRIGUEZ, el motivo de la presencia y constitución del mismo, a tales efectos se le solicitó se comunicará con los representantes legales de la empresa a los fines de comunicarle su misión en este acto.- En este estado la funcionario expone: “ Me permite comunicarme con los directivos o con el abogado de la empresa para que sean atendidos directamente por ellos”.- Visto lo expuesto esta juzgadora concede un lapso prudencial de espera a partir de la hora de constitución de cuarenta y cinco minutos a los fines que se presenten los directivos de la empresa demandada.- Seguidamente los apoderados judiciales de la parte actora expusieron: “ Visto el lapso de espera concedido por este tribunal para que se presenten los directivos de la empresa hoy demandada, solicitamos que se nombre y juramente depositaria judicial en este acto a los fines de cumplir con antelación ese requisito, es todo”
Visto lo expuesto por los apoderados judiciales de la parte actora, el tribunal procede a nombrar DEPOSITARIA JUDICIAL a la Sociedad Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A. representada en este acto por el ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quien es mayor de edad, venezolano, portador de la cédula de identidad No. V- 5.170.472, de este domicilio, y al mismo se nombra perito avaluador, quien estando presente aceptó los cargos recaídos en su persona y el tribunal procedió a tomarle el juramento de Ley.- ¿Jura usted cumplir con cada una de las obligaciones y funciones inherentes a los cargos recaídos en su persona? Si lo juro.- En este estado siendo las once y cuarenta de la mañana, se presentó en este acto el abogado en ejercicio JUAN MARCOS COLMENARES, inscrito en el inpreabogado 12.909, quien dijo ser el apoderado judicial de la empresa hoy demandada a quien este tribunal impuso de su presencia y constitución permitiéndole la lectura integra de la comisión conferida, para lo cual expuso: “ El vicepresidente de la empresa estará presente en el acto, agradezco la espera” .- Seguidamente siendo las doce del mediodía se presentó en este acto el ciudadano DANIEL FIOCCA VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad 12.307.856, quien dijo ser el Vicepresidente de la empresa INSTALACIONES Y PROYECTOS INDUSTRIALES C.A. (INPROINCA), sociedad mercantil debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de marzo de 1970, bajo el No. 44, Libro 69, Tomo 2, posteriormente reformada su acta constitutiva en fecha 22 de julio de 1993, anotada bajo el No. 25, tomo 12-A de los asientos llevados por el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial Estado Zulia, asimismo el carácter de Vicepresidente consta en Asamblea General Ordinaria de Accionistas, de fecha 30 de abril del 2005, inscrita en el tomo 30-A, Numero 2 del año 2006 por ante la oficina registral antes mencionada quien con la asistencia legal antes dicha procedió a imponerse del contenido de la comisión conferida.- Acto continúo parte ejecutante y ejecutada solicitan a este tribunal les conceda un lapso prudencial a fin de dialogar sobre algún medio alterno que resuelva la controversia planteada.- Visto lo solicitado esta juzgadora concede un lapso prudencial de treinta y cinco minutos a fin de que las partes concilien sobre lo ordenado a ejecutar por el tribunal de la causa.- Fenecido el lapso de espera concedido a las partes intervinientes en la presente comisión, los apoderados judiciales de la parte actora expusieron: “Ciudadana jueza, las conversaciones han sido infructuosas por lo cual solicitamos continué con el acto para el cual fue comisionada”. Escuchada por esta juzgadora la exposición que antecede, se acuerda la continuación del acto comisionado, a tales efectos los apoderados judiciales de la parte actora con auxilio y cooperación del perito avaluador nombrado al efecto proceden a señalar para ser embargado preventivamente los siguientes bienes muebles propiedad de la hoy ejecutada: 1) Un Camión de plataforma, color blanco, marca Chevrolet, Modelo NPR, Motor Diesel, Matriculado bajo el No. 430-KAK el cual presenta pintura, tapicería y cauchos en buen estado y en servicio en las puertas del vehículo se lee el nombre de la empresa demandada INPROINCA, siendo avaluado en la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.160.000.00) 2) Cinco (5) condensadores marca GUNTNER, modelo D-82256, avaluado en conjunto en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 120.000.00) 3) Una Grua de dos toneladas de carga aproximada, color negro y gris, sin serial ni marca visible, avaluada en la cantidad de UN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 1.000.00) 4) Un (1) compresor de aire con capacidad para treinta y cinco litros, color rojo, marca Sermac, con un motor de ½ h.p, avaluado en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 500.00), 5) Una (1) máquina para soldadura industrial eléctrica color azul, marca Miller, para cortadura plasma, serial No. KH577346 en buen estado, avaluada en la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 5.000.00), 6) Una (1) máquina para soldadura industrial eléctrica marca Miller, modelo CRH-444, sin serial visible avaluada en la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 6.000.00) 7) Una (1) máquina para soldar eléctrica, portátil, color rojo, modelo AC-DCARCWELDER, marca Lincol, sin serial visible, en regular estado, avaluada en QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.500.00), 8) Ciento) cincuenta (150) metros aproximadamente de cable de extensión eléctrica para 220 ww, color negro, avaluado en la cantidad MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.1000.00), 9) Dos (2) cortadoras eléctricas marca Dewalt, seriales numeros 355839 y 371999, avaluadas en conjunto en la cantidad de SEICIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 600.00), 10) Una (1) máquina tipo industrial Vacum, marca Welch, distinguido bajo el No. 43768-46, avaluada en la cantidad de MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 1.000.00), 11) UNA (1) máquina para soldar marca Miller, tipo industrial, multiuso, con motor diesel, serial No. F41912, montada en un trailer de metal de hierro con dos cauchos en la cual se lee el nombre de la empresa demandada INPROINCA, avaluado en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.40.000.00) 12) Una (1) camioneta tipo pick up, color blanco, marca Toyota, matriculada bajo el No. 06T-BAM, en la cual se lee en su puerta el nombre de la empresa demandada INPROINCA, la misma presenta pintura y tapicería en regular estado, golpe en el parachoque trasero, tiene rota la mica trasera izquierda y raspaduras en el guardafango trasero lado derecho, no tiene copas o tazas ni radio, siendo avaluada en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 60.000) 13) Tres (3) válvulas marca Hansen para gas, modelo GS251H, de 2 ½ “ avaluadas en conjunto en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.500.00), 14) Cinco (5) válvulas marca Hansen, modelo GW400H, de 4”, avualadas en conjunto en la cantidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 9.800.00), 15) Cinco (5) válvulas marca Hansen, modelo AW301H, de 3”, avaluadas en conjunto en la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 7.000.00), 16) Cuatro (4) válvulas marca Hansen, Modelo GW400H, de 4” avaluadas en conjunto en la cantidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 9.800.00) 17) Una (1) válvula marca Hansen, tipo ángulo de 4” avaluada en la cantidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 9.800.00), 18) Seis (6) válvulas marca Hansen, modelo GSH200H, de 2” avaluadas en conjunto en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.250.00) 19) Una (1) válvula marca Hansen, modelo GW800H, de 8” avaluada en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 40.000.00) 20) Cuatro (4) válvulas marca Hansen, modelo DW601H, de 6” avaluada en conjunto en la cantidad de DIECISEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs, 16.000.00), 21) Cuatro (4) válvulas eléctricas marca Hansen, modelo HCK2, de 2” avaluada en conjunto en la cantidad de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 18.400.00), 22) Cuatro (4) válvulas marca Hansen, modelo A5200H de 2” avaluada en conjunto en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.250.00), 23) Seis (6) válvulas marca Hansen, modelo GS152H, de 1 ½ “ avaluada en conjunto en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 2.504.00) 24) TRES (3) Válvulas marca hansen, modelo A5150H, de 1 ½!” avaluada en conjunto en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 2.504.00) 25) Cinco (5) válvulas marca hansen, modelo G58125H, de 1 ¼ “ avaluada en conjunto en la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCO BOLIVARES FUERTES ( Bs. 7.805.00) 26) Cuatro (4) válvulas marca hansen, modelo ASB151H, de 1 ¼ “ avaluada en conjunto en la cantidad de SIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES (Bs. 7.136.00), 27) Seis (6) válvulas marca hansen, modelo RT125H, de 1 ¼ “ avaluada en conjunto en la cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.704.00), 28) Ocho (8) válvulas marca hansen, modelo RCV125H, de 1 ¼ “, avaluada en la cantidad de TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.13.440.00) 29) Una válvula marca hansen, modelo RSBZ126H fr 1 ¼” avaluada en la cantidad de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES (Bs. 1.896.00) 30) Cuatro (4) válvulas marca hansen, modelo ASB100H, de 1” avaluadas en la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.480.00) 31) Cinco válvulas marca hansen, modelo ATI00H, de 1” avaluada en conjunto en la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.830.00) 32) Diez válvulas marca hansen, modelo GT076H, de 3/4 “ avaluadas en conjunto en la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS SENSENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 8.260.00) 33) Seis válvulas marca hansen, modelo GTI00H, de 1 “ avaluada en conjunto en la cantidad de SEIS MIL VEINTICUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 6.024.00) 34) seis válvulas marca hansen, modelo AT100H, de 1” avaluada en conjunto en la cantidad de SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES FUERTES (Bs. 6.720.00), 35) Siete válvulas marca hansen, modelo GSB121H, de 1” avaluada en conjunto en la cantidad de NUEVE MIL SETENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 9.072.00) 36) Seis válvulas marca hansen, modelo GT076H, de ¾” avaluadas en conjunto en la cantidad de CINCO MIL SEICIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 5.664.00) 37) Seis válvulas marca hansen, modelo AT076H, de ¾” avaluadas en conjunto en la cantidad de CINCO MIL SEICIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 5.664.00) 38) Tres válvulas marca hansen, modelo ACB066H, de ¾” avaluadas en conjunto en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 3.504.00) 39) Seis válvulas marca hansen, modelo GT051H, de 1/2” avaluadas en conjunto en la cantidad de CINCO MIL CUARENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.5.040.00), 40) Cuatro válvulas marca hansen, modelo AT051H, de 1/2” avaluadas en conjunto en la cantidad de TRES TRECIENTOS SESENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. 3.360.00), 41) Seis válvulas marca hansen, modelo GSB051H, de 1/2” avaluadas en conjunto en la cantidad de CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES (Bs. 5.856.00) 42) Cuatro válvulas marca hansen, modelo GT038H, de3/8” avaluadas en conjunto en la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs.3.264.00) 43) Cuatro válvulas marca hansen, modelo AT038H, de 3/8” avaluadas en conjunto en la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. 3.264.00) 44) Tres válvulas sin marca visible, modelo RT038H, de 3/8 “avaluadas en conjunto en la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES (Bs. 2.448.00) 45) Dos válvulas marca Frick Angul, de 2 1/2” avaluadas en conjunto en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.000.00). Todo lo antes señalado para ser embargado preventivamente alcanza un gran total de SETECIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES FUERTES (BS. 750.931.00).- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE LOS BIENES MUEBLES DESCRITOS EN LA PRESENTE ACTA PROPIEDAD DE LA HOY EJECUTADA, QUE EN SU CONJUNTO FUERON AVALUADOS POR EL PERITO AVALUADOR NOMBRADO AL EFECTO EN LA CANTIDAD DE SETECIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES FUERTES (Bs. 750.931.00).- ASI MISMO HACE ENTREGA EN ESTE ACTO AL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL NOMBRADA AL EFECTO LOS BIENES AQUÍ EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE PARA SU GUARDA Y CUSTODIA, quien estando presente los recibe conforme a derecho.- En este estado presente los apoderados judiciales de la parte actora expusieron: “ Habiendo practicado el embargo preventivo hasta por la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y BOLIVARES FUERTES (Bs. 750.931.00), la parte demandante se reserva el derecho de señalar en el futuro el embargo de nuevos bienes hasta alcanzar la suma determinada por el tribunal de la causa, asimismo solicitamos a este tribunal ejecutor remita la presente en original con todas sus resultas al tribunal de la causa en el estado en que se encuentra, es todo” Vista la exposición realizada por los apoderados judiciales de la parte actora este Tribunal acuerda remitir la presente comisión en el estado en que se encuentra en original y con sus resultas.- Concluyó el acto siendo las cuatro y treinta de la tarde habilitado el tiempo necesario.- La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel, en cumplimiento a lo establecido en la Norma fundamental de la República Bolivariana de Venezuela.-Terminó se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

LOS APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA
EL VICEPRESIDENTE DE LA EMPRESA EJECUTADA Y SU ABOGADO





El PERITO AVALUADOR Y
REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA}
JUDICIAL.





Funcionario policial LA SECRETARIA

ABOG. LINDA AVILA




LA SECRETARIA,

Abog. LINDA AVILA.



Funcionario
POLICIAL.










Comisión No 4285
Exp 12.407