Comisión 2758/2009.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
198º y 149º
En el día de hoy, MIERCOLES TRECE (13) DE MAYO DEL AÑO 2009, siendo las DOS Y TREINTA horas de la tarde (02:30 p.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la Medida Preventiva de SECUESTRO, decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue BANCO PROVINCIAL, S.A, en contra de la Sociedad Mercantil TOTAL ONE, C.A; llevado en el expediente No. 12.462, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Estacionamiento del Edificio Torre Mara, situado en la avenida 2. El Milagro con calle 84, en Jurisdicción de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- En este estado, presente el apoderado judicial actor ejecutante abogado en ejercicio PEDRO EVELIO BRICEÑO NAVEA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.208, expuso: Solicito al Tribunal Ejecutor, en cumplimiento con el Despacho Comisorio que le fuera conferido, proceda a ejecutar la medida de Secuestro sobre el vehiculo en referencia, el cual viene debidamente señalado e identificado en el contenido de dicho Despacho, y a los efectos nombre, designe y juramente en este acto PERITO, a los fines de que pueda determinar que el vehiculo que está donde se encuentra constituido este Juzgado, es el mismo o se corresponde, con el vehiculo que viene determinado en el despacho Comisorio para ser secuestrado y de igual manera se sirva nombrar y juramentar como Secuestrataria Judicial a la Depositaria Judicial Santa Maria C.A (DEPOSACA) y asimismo solicito muy respetuosamente a este Juzgado Ejecutor, que una vez practicada la presente medida de secuestro, se sirva remitir las resultas correspondientes al Tribunal de la Causa.- Visto lo solicitado y en uso de facultades legales y conferidas expresamente por el Tribunal de la Causa, este Juzgado, provee de conformidad y en consecuencia, nombra y designa como PERITO y DEPOSITARIA JUDICIAL, en representación de la Depositaria Judicial Santa Maria C.A, al ciudadano EDGAR VAZQUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 3.263.996, quien por encontrarse presente en el acto, fue impuesto de los nombramientos recaídos en su persona, siendo juramentado de la siguiente manera: ¿CIUDADANO EDGAR VAZQUEZ, JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES INHERENTES AL CARGO DE PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL, que ha aceptado? CONTESTO: SI. LO JURO.-.A continuación, el perito expuso: El vehiculo que está donde se encuentra constituido este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas, puedo determinar que es el mismo o SE CORRESPONDE con el que viene determinado en el contenido del Despacho Comisorio, objeto de la medida de secuestro, ordenada por el Tribunal de la Causa, por lo que me permito dar dichos datos por reproducidos en esta acta. A continuación, procedo a indicar nuevamente sus características y condiciones: Se trata de un vehiculo MARCA: Mitsubishi, Modelo: Tipo OUTLANDER GLX 2,4 LA/T RUSTICO TECHO DURO, Año: 2006. Color: Gris, Serial de Carrocería: JMYXRCU5W6U000945, Serial Motor: LP8835, Peso: 2.000Kg, Placa: VCF-65L, Uso: Particular; el cual presenta las siguientes condiciones: latonería y pintura en buenas condiciones, tapicería de tela color gris en buenas condiciones, vidrios todos en buenas condiciones, motor y caja en buenas condiciones, tiene cuatro (04) cauchos en uso con rines de lujo en buenas condiciones, posee un caucho de repuesto con un rin de hierro, posee gato, llave de rueda y triangulo de seguridad, posee radio reproductor de CD, original de Mitsusbishi. El vehiculo se encuentra en líneas generales en optimas condiciones.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE SECUESTRADO, EL VEHICULO ANTERIORMENTE IDENTIFICADO Y DETERMINADA SU CORRESPONDENCIA CON LA ASISTENCIA DE PERITO, haciendo constar que dicho vehiculo, fue trasladado hasta la sede donde se encuentra constituido este Juzgado por el Oficial RENSO PADILLA, portador de la Cedula de Identidad N° 17.170.669, credencial N° 0475, adscrito a la División de Investigaciones Penales. Sector Cuatricentenario, conforme a la solicitud hecha mediante oficio N° 145/2009, de fecha 15/04/09, remitido a la Comandancia General de la Policía Regional del Estado Zulia, y se ordena agregar a la presente acta original de los recaudos correspondientes a las actuaciones policiales, y el oficio de remisión N° 2371, levantada por la Policía Regional, en relación a la detención del vehiculo objeto de la presente medida de secuestro, constante de catorce (14) folios útiles. SEGUNDO: SE HACE FORMAL ENTREGA AL DEPOSITARIO JUDICIAL NOMBRADO. DESIGNADO Y JURAMENTADO EN ESTE ACTO CIUDADANO EDGAR VAZQUEZ, ACTUANDO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A (DEPOSACA), EL VEHICULO EN REFERENCIA. TERCERO: CUMPLIDA COMO HA SIDO LA PRESENTE COMISION Y TAL COMO FUERE SOLICITADO POR EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE, SE ORDENA LA REMISIÓN DE LA PRESENTE ACTA CON SUS CORRESPONDIENTES RESULTAS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA.- SIENDO LAS CINCO HORAS DE LA TARDE (05:00 pm.), y habilitado como ha sido el tiempo necesario, terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.--------------------------------------------
EL JUEZ,
ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.
EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE,
EL OFICIAL QUIEN PRESENTO LAS ACTUACIONES POLICIALES
EL PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL, ACTUANDO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A,
LA SECRETARIA,
ABOG. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.
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