Comisión. 4119-2009

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLAS Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
199 Y 150
En horas de Despacho del día de hoy, Diecinueve (19) de mayo de dos mil nueve (2009), siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40am), previa fijación acordada al efecto, a señalamiento e indicación del abogado en ejercicio y de este domicilio MANUEL AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 24.100, en su carácter de apoderado judicial de la demandante de autos, y presente en este acto, se traslado y constituyo este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a un inmueble ubicado en la manzana No. 1, del lote No. 10-1, de la Urbanización El Soler, situada a la altura del kilómetro once y medio de la carretera que conduce de Maracaibo a Perija, en jurisdicción de la Parroquia José Domingo Ruz, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, con el objeto de practicar la medida INNOMINADA DE SEPARACION DEL HOGAR, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO No. 4, en el juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana THAIRYS CAROLINA ROJAS MARQUEZ, contra el ciudadano JIMMI ALBERTO PETIT GARCIA, en expediente signado con el No.14648.- Presente el (la) ciudadano(a):THAIRYS ROJAS MARQUEZ, venezolano(a), mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 17.683.963, en su carácter de DEMANDANTE, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución, y de la medida decretada por el comitente, en los términos siguientes: PRIMERO: Se ordena la medida provisional de separación del ciudadano JIMMI ALBERTO PETIT GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 16.079.489, del hogar conyugal, ubicado en la manzana No. 1, del lote No. 10-1, de la Urbanización El Soler, situada a la altura del kilómetro once y medio de la carretera que conduce de Maracaibo a Perija, en jurisdicción de la Parroquia José Domingo Ruz, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, la cual permanecerá vigente mientras dure el juicio. En este estado, el (la) notificado (a) en este acto, expuso: “El ciudadano Jimmy Pettit se retiro voluntariamente del inmueble desde el momento de la primera ejecucion”. El tribunal visto lo expuesto por el (la) notifico (a) se abstiene de practicar la medida para cuya ejecución fuere comisionado, y acuerda el regreso a su sede ubicada en el Edificio Torre Mara, sede Judicial de Maracaibo, haciendo constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia.- Este acto termino a las once de la mañana (11:00am),leyéndose y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL:
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA


EL APODERADO ACTOR: EL (LA) NOTIFICADO (A):





LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILLALOBOS