REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 4.342.

En horas de despacho del día de hoy 22 de Mayo del año dos mil nueve, siendo las 2:05 PM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede del Condominio C. C. Paseo Las Delicias ( conocido como C.C. DELICIAS NORTE), ubicado en la avenida 15 Delicias del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL N° 2. EXP: 14.493. Contentivo OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARIA EUSEBIA PARRA, portadora de la Cédula de Identidad No. 17.752.367, en contra del ciudadano LUIS RICARDO CHACON ESTHER, portador de la cédula de identidad N° 16.728.209, a favor de los hermanos XXXXXXX.- En este estado presente el ciudadano (a): DARIA RIVERO, portador (a) de la Cédula de Identidad No. V- 13.414.379, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE ADMINISTRATIVO. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA DE EMBARGO: sobre; A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo que percibe el ciudadano LUIS RICARDO CHACON ESTHER, como Obrero de Mantenimiento al servicio del Condominio Centro Comercial DELICIAS NORTE.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las vacaciones y del bono vacacional. D) En caso de que el demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las prestaciones las Prestaciones Sociales ahorros, y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas en de Cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL N° 2. EXP: 14.493. EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 2:10 PM.-

LA JUEZ:



Dra. MARTHA ELENA QUIVERA




EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:



Abog. JOSÉ A. SOTO A.