REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4787
En el día de hoy siete ( 07 ) de Mayo del dos mil nueve (2.009), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa PETREX SUDAMERICA Sucursal de VENEZUELA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 04, con sede en Maracaibo, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido la ciudadana AMPARO FERNANDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.876.594, quien obra a favor y único interés de los adolescentes ALVAREZ FERNANDEZ, en contra del ciudadano JESUS ALVAREZ VALERO, titular de la cédula de identidad Nº v-3.775.722. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la Empresa PETREX SUDAMERICA Sucursal de VENEZUELA, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano, Arlando González, titular de la cédula de identidad Nº 4.539.634, en su condición de Coordinadora de Relaciones Laborales. En este estado presente la ciudadana AMPARO FERNANDEZ GONZALEZ, antes identificada, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio YOLEITZA GUTIERREZ SILVA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 46.407 expone: Solicitamos al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.