REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA N° 4788
En el día de hoy veintidós (22) de Mayo de 2.009, siendo la(s) dos y veinte minutos de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Polinter ubicada en el complejo Petroquímico El Tablazo en la vía alterna a los puertos de Altagracia, en el Municipio Miranda del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo, ordenada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en los Puertos de Altagracia. En el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por la ciudadana MIRNA JOSEFINA GRANADILLO DE GIL, titular de la cedula de identidad Nº V-9.744.704 en contra del ciudadano DOUGLAS ALBERTO GIL AGUIRRE, titular de la cedula de identidad Nº V-7.888.157, a favor de la Adolescente ELISAMAR SALOME GIL GRANADILLO. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a)YROSBEL PAZ, titular de la cédula de identidad N° 15.850.858, en su condición de Analista de Servicio al personal. En este estado presente la ciudadana MIRNA JOSEFINA GRANADILLO DE GIL titular de la cedula de identidad Nº V-9.744.704, asistida en este acto por la abogada en ejercicio YANILETH MILLER, inscrita en el inpreabogado Nº 118.139, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo sobre los conceptos que remencionan en el despacho de medida, ordenado por el juzgado de la causa.